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Retrasos en Pagos: Quiebras Empresariales y Soluciones

by Editora de Negocio

Los retrasos en los pagos, tanto públicos como privados, tienen un impacto financiero tangible en la tesorería de las empresas. Según el Observatorio de los Plazos de Pago, en 2024 el déficit de tesorería de las pequeñas y medianas empresas asciende a 15.300 millones de euros debido a los pagos que exceden los plazos legales. En 2025, se registraron 68.296 quiebras empresariales, un nivel sin precedentes y significativamente superior al promedio de los años anteriores, representando un aumento del 28% en comparación con el período previo a la crisis sanitaria (2017-2019). De acuerdo con la Banque de France, los retrasos en los pagos empresariales son un factor determinante en el aumento de las quiebras, especialmente entre las microempresas y las PYMES. Si bien el aumento de los plazos de pago se atribuye principalmente al sector privado, y en particular a las grandes empresas, el sector público, aunque ha experimentado una mejora general en los plazos de pago gracias a las regulaciones estatales, también presenta deficiencias. En primer lugar, las colectividades territoriales, especialmente las más grandes, experimentan un retraso promedio de 20 días. La situación es particularmente crítica para los establecimientos públicos de salud en los territorios de ultramar, donde el plazo medio de pago alcanza actualmente los 121 días.

Lucha contra los retrasos en los pagos en los sectores público y privado y apoyo a las empresas afectadas

La propuesta de ley de Olivier Rietmann incluye cinco medidas destinadas a combatir los retrasos en los pagos y, por lo tanto, reducir el riesgo de quiebras empresariales. El artículo 4 prohíbe la renuncia al pago de las “penalizaciones por demora” (en el derecho de la contratación pública, los intereses moratorios). Según un informe cuestionable desde el punto de vista jurídico, “es evidente que las penalizaciones a menudo son renunciadas por los pequeños proveedores que temen comprometer la continuación de sus relaciones comerciales con ciertos clientes importantes”. Otro artículo busca disminuir los retrasos en los pagos de los poderes adjudicadores y sus efectos sobre las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, se ha abandonado la disposición que pretendía modificar la fecha de inicio del plazo de pago aplicable a los poderes adjudicadores. Inicialmente, se contemplaba que el plazo de pago se iniciara en la fecha de emisión de la factura, en lugar de en la fecha de recepción de la solicitud de pago, como establece actualmente el Código de Contratación Pública. Dicha modificación contravendría los principios de compromiso del gasto público, en particular la separación entre el ordenador y el contable. Finalmente, un artículo propone la creación de un fondo público de factoring destinado a las PYMES titulares de contratos públicos que estén sufriendo retrasos en los pagos que puedan constituir un riesgo para su viabilidad económica. Las personas consultadas por el ponente se mostraron en general críticas con dicha propuesta. Si bien parece que presenta ciertas dificultades, el ponente consideró que la ambición que la impulsa es interesante. Por ello, propuso a la comisión senatorial mantener la disposición en forma de experimento que permitiría evaluar su pertinencia. Además, la comisión corrigió la disposición para precisar, por un lado, que la misma es gratuita para las PYMES y, por otro, que el fondo conserva la posibilidad de seleccionar las reclamaciones que pretende cubrir. La comisión también deseó remitir a disposiciones reglamentarias las diferentes modalidades de funcionamiento del fondo – y en particular los criterios de selección de las reclamaciones objeto de subrogación – con el fin de disponer de un plazo más amplio para garantizar su operatividad. Se eliminó la mención de factoring para no contravenir la normativa vigente para este tipo de actividad.

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Dominique Niay

Fuente : Rapport n° 376 (2025-2026) – Proposition de loi visant à réduire les retards de paiement afin de lutter contre les défaillances d’entreprises, Sénat, février 2026

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