Home NegocioDeducciones por Deudas Incobrables: Ajustes Fiscales y Contables

Deducciones por Deudas Incobrables: Ajustes Fiscales y Contables

by Editora de Negocio

Cuando una entidad registra gastos por cuentas incobrables o establece provisiones para cuentas de cobro dudoso sin cumplir con los requisitos fiscales correspondientes, estos gastos no son deducibles a efectos impositivos. En estos casos, es necesario gestionar la situación a través de un tratamiento de “reserva” o “contingencia”.

Métodos de contabilización y ajuste fiscal

  1. En caso de registro de gastos por cuentas incobrables:

    • Asiento contable:
      Débito: Gastos por cuentas incobrables XXX / Crédito: Cuentas por cobrar XXX
    • Ajuste fiscal:
      No deducible (reserva) XXX
      (Debido a que no se cumplen los requisitos para la deducción fiscal, el gasto se contabiliza como un ingreso diferido (reserva) para su posterior deducción en caso de cobro.)
  2. En caso de constitución de provisiones para cuentas de cobro dudoso:

    • Asiento contable:
      Débito: Gastos por cuentas incobrables XXX / Crédito: Provisión para cuentas de cobro dudoso XXX
    • Ajuste fiscal:
      No deducible (reserva) XXX
      (El importe de la provisión que exceda los límites fiscales o no cumpla con los requisitos, se considera no deducible (reserva).)

Ajuste fiscal en caso de cobro posterior:

Si la deuda se recupera posteriormente, se realizará un ajuste fiscal que permitirá deducir el importe previamente registrado como no deducible (reserva), ajustando así la carga impositiva de la entidad.

Punto clave: Los gastos contabilizados sin cumplir con los requisitos para ser considerados cuentas incobrables no son deducibles a efectos fiscales, por lo que es necesario aplicar un tratamiento de “reserva” para ajustar la base imponible.

leer más  IA y Bolsa: Caída de Tech por Hallazgos de Seguridad

You may also like

Leave a Comment

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.