Reconocimiento de laudos ICSID: Fin de la inmunidad estatal en Reino Unido

by Editor de Mundo

La Corte Suprema del Reino Unido ha dictaminado por unanimidad que España y Zimbabue no pueden invocar la inmunidad estatal para resistir el reconocimiento y la ejecución de los laudos arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). La decisión confirma que la adhesión de ambos países a la Convención del CIADI constituye una sumisión a la jurisdicción de los tribunales ingleses.

En apelaciones vinculadas, la Corte determinó que, al aceptar el Artículo 54(1) de la Convención del CIADI, los Estados contratantes acuerdan que todos los demás Estados contratantes están obligados a reconocer y ejecutar los laudos del CIADI emitidos contra ellos. La Corte Suprema concluyó que esto equivale a una sumisión a la jurisdicción de los tribunales ingleses a los efectos de la sección 2(2) de la Ley de Inmunidad Estatal de 1978, lo que significa que los Estados no pueden basarse en la inmunidad jurisdiccional para oponerse al registro de los laudos del CIADI en su contra.

Este fallo representa un desarrollo significativo en el ámbito de la resolución de diferencias entre Estados e inversores (RDIE) y forma parte de una creciente serie de decisiones a nivel mundial que abordan la relación entre la inmunidad estatal y la ejecución de los laudos del CIADI, incluyendo casos en Australia, Nueva Zelanda, Malasia, Estados Unidos y las Islas Vírgenes Británicas. La Convención del CIADI cuenta actualmente con 158 Estados contratantes, lo que convierte a esta decisión en una importante aclaración de su funcionamiento en el Reino Unido.

Border Timbers, el demandado en la apelación contra Zimbabue, fue representado por Dominic Kennelly y Catherine Drummond de 3VB, liderados por Christopher Harris KC de Gibson Dunn, con la instrucción de Baker McKenzie.

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España fue representada por Cameron Miles de 3VB, liderado por Lucas Bastin KC de Essex Court Chambers, con la instrucción de Curtis, Mallet-Prevost, Colt &amp. Mosle.

La decisión de la Corte Suprema confirma que los Estados parte en la Convención del CIADI no pueden invocar la inmunidad estatal para resistir el registro de los laudos del CIADI en el Reino Unido, reforzando el marco de la Convención para el reconocimiento y la ejecución de los laudos arbitrales en materia de inversión entre Estados e inversores.

Puede leer el fallo completo aquí.

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