La Comisión Europea ha presentado formalmente la propuesta para el Acto Acelerador Industrial (IAA), una regulación estratégica destinada a fortalecer la autonomía industrial europea e impulsar la demanda de productos de bajo impacto ambiental fabricados en el continente. El objetivo es elevar la cuota de la industria manufacturera del 14,3% en 2024 al 20% del PIB europeo para 2035.
Bruselas ha definido requisitos estrictos para considerar un vehículo “Fabricado en la UE”, con el fin de proteger la cadena de suministro europea de la competencia asiática y norteamericana. Estas normativas no solo se aplicarán a los vehículos eléctricos, sino también a los híbridos enchufables y a los vehículos de pilas de combustible, condicionando el acceso a subvenciones, bonificaciones y licitaciones públicas.
¿Cuándo un vehículo es “Fabricado en Europa”?
El núcleo de la nueva disciplina en materia de incentivos para automóviles europeos reside en la definición de “Fabricado en la UE”. Para ser considerado comunitario, un vehículo deberá cumplir con requisitos bien definidos. Estos requisitos fundamentales se refieren a los siguientes aspectos del diseño y la producción:
- Ensamblaje final: el vehículo debe ser ensamblado obligatoriamente dentro de las fronteras de la Unión Europea.
- Umbral del 70%: la relación entre el precio de los componentes producidos en la UE (excluida la batería) y el precio total de todos los componentes del vehículo debe ser igual o superior al 70%.
- 50% de motor y tecnología: al menos el 50% de los componentes del motor eléctrico y de los sistemas tecnológicos avanzados (como Lidar, radar, sensores, unidades de control electrónico e infoentretenimiento) debe ser producido en Europa.
- Componentes de las baterías: la batería debe contener al menos tres componentes principales de origen UE (en el borrador de la disposición eran cuatro), entre los cuales deben incluirse obligatoriamente las celdas, y al menos cinco componentes principales específicos del cátodo y el ánodo, incluyendo el material activo del cátodo y el sistema de gestión (BMS).
Supercréditos para los fabricantes
Para incentivar la producción de vehículos eléctricos de pequeño tamaño (E-Car), la disposición prevé los llamados supercréditos: cada vehículo que cumpla con los requisitos tendrá un coeficiente 1,3 en lugar de 1 en el cálculo de las emisiones de la flota. Para obtener este beneficio, el fabricante debe garantizar el ensamblaje en la UE y respetar el umbral del 70% en los componentes o los requisitos específicos de la batería.
Flexibilidad con la regla del 85%
La nueva disciplina también introduce la cláusula de flexibilidad (la llamada “regla del 85%”) según la cual un fabricante puede solicitar que sus vehículos se consideren conformes durante 12 meses si puede demostrar que al menos el 85% de los automóviles registrados el año anterior ha sido ensamblado en la UE.
Reciprocidad o proteccionismo?
Tras la presentación del Acto Acelerador Industrial con las nuevas reglas de acceso a los incentivos para automóviles eléctricos, no han faltado las acusaciones de proteccionismo. En cualquier caso, la Comisión destaca que la nueva propuesta está alineada con las recomendaciones del informe Draghi. Un punto fundamental es la reciprocidad: también se considerarán de “origen UE” los contenidos procedentes de socios extranjeros con los que la UE ha establecido acuerdos de libre comercio o unión aduanera. Finalmente, para las nuevas inversiones extranjeras superiores a 100 millones de euros, se exige un nivel mínimo de empleo europeo del 50%.
