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DFL2: Revisión de Beneficios Tributarios a la Vivienda Económica

by Editora de Negocio

La administración del Presidente Boric enfrenta varios desafíos en materia de política económica y urbanismo, incluyendo la revisión de figuras legales desactualizadas y prácticas administrativas que podrían estar generando distorsiones en el mercado. Entre estas, destaca la figura de las “viviendas económicas DFL2”, creadas en 1959 en un contexto socioeconómico muy diferente al actual.

Según se desprende de análisis recientes, estas viviendas, clasificadas bajo el Decreto Ley 2, gozan de exenciones en el pago de contribuciones de bienes raíces por un período determinado, dependiendo de sus metros cuadrados y otras características. Ante la actual situación fiscal del país, descrita por el gobierno de Kast como limitada –aunque matizada por la administración Boric–, los ministros Quiroz y Poduje, experto en finanzas y especialista en vivienda y urbanismo respectivamente, se ven llamados a evaluar la pertinencia de mantener estos beneficios.

La discusión se centra en la necesidad de fomentar una competencia sana entre los actores privados en los distintos sectores económicos, permitiendo una asignación más eficiente de los recursos. Se plantea que cualquier apoyo sectorial debe realizarse a través de mecanismos legales y transparentes, evitando las prácticas de favorecimiento observadas en el gobierno anterior, donde, según se denuncia, se cedió a presiones de lobbystas del sector de la construcción.

Un ejemplo de estas prácticas es la reciente Circular ORD. N° 112 de la División de Desarrollo Urbano (DDU) 533 del Minvu, fechada el 27 de febrero de 2026, que amplió en un año y medio la vigencia de los permisos de edificación. Esta medida, basada en el artículo 1.4.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), podría permitir a empresas inmobiliarias construir proyectos que exceden las regulaciones actuales, gracias a la flexibilidad otorgada por la administración anterior.

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Asimismo, se han cuestionado expropiaciones como la del antiguo Club Hípico de Punta Arenas, destinada a la creación de un proyecto inmobiliario denominado “Central Park”. La elevada suma propuesta como indemnización ha generado alertas entre consejeros regionales, quienes han denunciado inconsistencias en la tasación ante la Contraloría General de la República.

Otro caso relevante es el del Club de Tenis Tarapacá de Iquique, donde la renuncia a beneficios tributarios por parte de sus directores permitió la posterior venta del terreno a un inversionista libanés para el desarrollo de un proyecto inmobiliario. Esta situación, ya en manos de la justicia, pone de manifiesto la necesidad de revisar las exenciones tributarias aplicadas a terrenos clasificados como áreas verdes.

En este contexto, se plantea la necesidad de revisar la figura de las “viviendas económicas DFL2”. Actualmente, alrededor del 80% de las casi 8 millones de viviendas en el país se acogen a este beneficio, a pesar de que muchas de ellas superan el metraje original de 140 m2 debido a ampliaciones. Se estima que algunas de estas viviendas se transan en el mercado a precios que oscilan entre los $500.000.000 y los $1.000.000.000, evidenciando una posible evasión fiscal.

En conclusión, se espera que los ministros Quiroz y Poduje, considerando la situación fiscal del país, analicen la expropiación en Punta Arenas y promuevan una ley para eliminar las distorsiones generadas por la figura de las “viviendas económicas DFL2”. Asimismo, se recuerda que durante décadas, los arrendatarios de estas viviendas no pagaron el impuesto a la renta por los ingresos obtenidos, una práctica que fue corregida recientemente.

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