Los propietarios de terrenos están obligados a permitir el derecho de paso cuando el área en cuestión forma parte de un paisaje abierto. Esta precisión legal fue confirmada por un abogado, quien subrayó que la normativa responde a la naturaleza pública de ciertos terrenos.
Condiciones para el derecho de paso
Según lo expuesto por el experto legal, la obligación de conceder el acceso a terceros no es universal, sino que depende de la clasificación del terreno. La normativa establece que el derecho de paso es vinculante para el titular de la propiedad cuando el suelo se considera parte de un paisaje abierto o de libre tránsito. “Nuestra postura es clara al respecto”, señaló el abogado en relación con la interpretación de esta disposición.

Relevancia económica y legal
Para los propietarios, la distinción entre propiedad privada cerrada y terreno de paisaje abierto resulta fundamental en la gestión de sus activos inmobiliarios. La confirmación de este criterio jurídico permite a los titulares de fincas rurales y terrenos abiertos identificar cuándo deben ceder el paso, evitando posibles litigios por obstrucción o cierre de caminos que, bajo la ley, mantienen un estatus de uso público.
