El mes pasado, el grupo de REAs, Reclamaciones y Apelaciones de PilieroMazza publicó el primer artículo de su serie “Fundamentos de Reclamaciones Contractuales”, introduciendo a los contratistas federales a los conceptos básicos de las solicitudes de ajuste equitativo (REAs), las reclamaciones y las apelaciones. Este mes, analizamos las amplias categorías de disputas de administración de contratos que prevemos que serán la base de las REAs, reclamaciones y apelaciones de los contratistas federales en 2026. En este segundo artículo, presentamos a los contratistas federales las disputas relacionadas con las órdenes de detención de trabajos, las rescisiones y los Informes de Evaluación del Desempeño de los Contratistas (CPARs), y cómo prepararse mejor desde el principio para una apelación de una decisión adversa de un funcionario de contratación.
Antecedentes
Como recordatorio rápido de lo que vimos en el primer artículo de esta serie, un contratista puede solicitar, por ejemplo, una REA después de una modificación del contrato emitida por el gobierno, o un retraso causado por el gobierno que afecte el desempeño del contrato, y el proceso para hacerlo es en gran medida informal. Una reclamación de la Ley de Disputas Contractuales (CDA), por otro lado, tiene requisitos básicos que un contratista debe seguir en su presentación. Por ejemplo, un contratista debe solicitar en su reclamación una decisión final por escrito del funcionario de contratación (COFD), y si la reclamación supera los $100,000, debe estar certificada. En el primer artículo, señalamos que hay numerosos factores generales que afectarán la decisión de un contratista de presentar primero una REA o de omitir ese paso en el proceso y presentar una reclamación. En este artículo, analizamos las consideraciones específicas sobre si los contratistas pueden y deben presentar primero una REA para cada una de las disputas comunes que se enumeran a continuación, así como consejos para prepararse desde el principio para tener la oportunidad de una apelación exitosa.
Órdenes de Detención de Trabajos
Los intentos de recuperar los costos incurridos durante las órdenes de detención de trabajos fueron disputas comunes en 2025, tanto debido al cierre del gobierno federal como a las rescisiones masivas por conveniencia emitidas por la Administración Trump, algunas de las cuales fueron precedidas por órdenes de detención de trabajos. Las órdenes de detención de trabajos también se emiten comúnmente para suspender el desempeño según lo requerido por la Ley de Competencia en Contratación (CICA). Esta suspensión de CICA requiere que una agencia emita una orden de detención de trabajos a un adjudicatario reciente de un contrato debido a una protesta presentada ante la Oficina de Responsabilidad Gubernamental (GAO). Una agencia puede aceptar suspender el desempeño de un contrato durante la litigación de una protesta presentada ante el Tribunal de Reclamaciones Federales (COFC), pero no está obligada a hacerlo según CICA.
Si FAR 52.242-15, Orden de Detención de Trabajos, está en su contrato, tiene derecho a un ajuste equitativo por los costos incrementados como resultado de la detención del trabajo. La cláusula FAR de Cambios, en la medida en que se incorpore a su contrato, también puede proporcionar un medio para recuperar sus costos. Sin embargo, la capacidad de recuperar se verá afectada por la preparación anticipada, el nivel de mitigación razonable y la documentación de sus costos. Estas son las tres consideraciones clave para una REA de orden de detención de trabajos:
- Mitigación: Sus esfuerzos de mitigación de costos serán una consideración clave para el gobierno al determinar si le concede su ajuste equitativo por los costos incrementados resultantes de un período de trabajo detenido. Puede mitigar los costos desarrollando un plan de trabajo alternativo para los empleados, como reasignarlos a otros contratos, alentarlos a tomar tiempo libre o hacer que trabajen en asuntos no facturables, como la capacitación. Como último recurso, es posible que deba suspender o despedir a los empleados.
- Documentación: Al intentar recuperar los costos incurridos durante las órdenes de detención de trabajos, la documentación y la comunicación exhaustivas son clave. Documente todos los costos incurridos en relación con la orden de detención de trabajos, incluidos la reducción, el aumento o la aceleración del trabajo, los costos laborales y los honorarios de los abogados. También debe documentar todas las comunicaciones con los funcionarios de contratación, los empleados, los socios de equipo y los proveedores, así como todas las acciones relacionadas con la orden de detención de trabajos. En general, los gastos incurridos debido a una orden de detención de trabajos deben ser recuperables, con la excepción del pago atrasado y los daños consecuentes, que generalmente no son recuperables.
- Notificación: Los contratistas también deben tener en cuenta los requisitos de notificación incorporados en una orden de detención de trabajos, ya que un contratista generalmente debe hacer valer su derecho a un ajuste dentro de los 30 días posteriores al final del período de detención del trabajo. Debido al rápido plazo de 30 días que generalmente se incorpora en las órdenes de detención de trabajos, a menudo recomendamos presentar primero una REA en lugar de elevarla a una reclamación.
Rescisiones
Como muchos contratistas experimentaron desafortunadamente durante 2025, su contrato puede ser rescindido por conveniencia por el gobierno en cualquier momento, siempre que se haya hecho de buena fe. Con la amenaza inherente de rescisión de la auditoría 8(a) y de adjudicación reservada del Departamento de Guerra (“DOW”), entre otras prioridades de la Administración Trump para el año fiscal 2026 en el horizonte, es probable que esto continúe en 2026. Como sugiere el nombre, debido a que el contrato se rescinde por conveniencia del gobierno, no se considera un comentario negativo sobre el desempeño del contratista. Como tal, es virtualmente imposible tener éxito en una disputa contra la rescisión en sí, porque un contratista debe probar que el gobierno actuó de mala fe. Sin embargo, pueden surgir disputas con respecto al tipo de costos que son recuperables después de la rescisión de un contrato por conveniencia.
Hay cuatro pasos que todo contratista puede tomar para maximizar su oportunidad de recuperación en una rescisión por conveniencia:
- Revisión: Revise cuidadosamente el aviso de rescisión para asegurarse de que la rescisión se haya efectuado en virtud de la misma cláusula FAR de rescisión por conveniencia que se incorporó en su contrato. Diferentes cláusulas FAR establecen diferentes requisitos de recuperación de costos, y es mejor resolver cualquier confusión con respecto a la cláusula FAR de rescisión por conveniencia aplicable lo antes posible. FAR 49.206-1 también proporciona a los contratistas un año a partir de la fecha de efecto de la rescisión para presentar una propuesta de liquidación final de la rescisión, pero el aviso de rescisión en sí puede establecer un plazo de presentación más corto.
- Detener y Proteger: Detenga todo el trabajo rescindido según las instrucciones y proteja todos los registros, incluidos los costos incurridos, el inventario, las horas de trabajo, los subcontratos y cualquier correspondencia.
- Traslado: Si corresponde, traslade el aviso de rescisión y asegúrese de que sus subcontratistas dejen de trabajar y conserven la documentación para los posibles costos de liquidación.
- Propuesta de Liquidación de Rescisión: Reúna sus costos y los costos de su subcontratista para preparar una propuesta de liquidación de rescisión. Su derecho a los costos dependerá en gran medida de su capacidad para demostrar la razonabilidad, la asignabilidad y la admisibilidad de sus costos presentados, así como del tipo de contrato y la cláusula de rescisión citada en su rescisión. Cabe destacar que tiene derecho a buscar la recuperación de los costos asociados con la rescisión, que pueden incluir la consultoría de contabilidad de costos y los honorarios de los abogados para la preparación de su propuesta de liquidación de rescisión. Como tal, existe un incentivo adicional para contratar a un abogado inmediatamente después de recibir su aviso de rescisión: un abogado de confianza puede asesorarlo sobre cada uno de los pasos descritos anteriormente, ayudarlo a preparar la propuesta de liquidación de rescisión y los honorarios de los abogados asociados con este esfuerzo pueden incluirse como un costo solicitado a recuperar en la propuesta de liquidación de rescisión. La presentación de una propuesta de liquidación de rescisión, al igual que una REA, tiene como objetivo iniciar las negociaciones entre el gobierno y el contratista. Sin embargo, si llega a un punto muerto en las negociaciones, es posible que deba convertir la propuesta de liquidación en una reclamación.
Una rescisión por incumplimiento, por otro lado, es muy diferente. La disputa en sí generalmente no se centra únicamente en la recuperación de costos (en comparación con una disputa resultante de una rescisión por conveniencia), aunque ese puede ser un elemento. El principal desafío de la disputa será la rescisión en sí, lo que hace que el proceso de disputa sea muy diferente (y, a menudo, más complicado) que el proceso de una rescisión por conveniencia.
Técnicamente, una rescisión por incumplimiento se considera una COFD, que luego puede apelarse. Sin embargo, ciertas defensas relevantes a la rescisión pueden necesitar preservarse en una reclamación antes de una apelación ante las Juntas de Apelaciones de Contratos o el COFC. Por ejemplo, una apelación que impugne una rescisión por incumplimiento y plantee defensas afirmativas de retraso excusable y cambio constructivo del contrato no puede presentarse primero en apelación ante ninguna de las Juntas o el COFC porque estas defensas buscan cambiar los términos del contrato. Si un contratista no plantea ciertas defensas afirmativas que buscan cambiar los términos del contrato en sí en una reclamación, las Juntas y el COFC no tendrán jurisdicción para decidir los méritos de estas reclamaciones. Como en cada una de las disputas anteriores que hemos analizado, recomendamos contratar a un abogado de confianza al principio de este proceso para asegurarse de preservar todas sus defensas afirmativas relevantes.
CPARs
El proceso para apelar un CPAR negativo difiere de las otras disputas comunes que hemos analizado en este artículo, ya que el Sistema CPAR tiene sus propios requisitos de procedimiento de disputa únicos que deben cumplirse antes de que se pueda presentar una reclamación. A partir de la fecha en que un funcionario de contratación proporciona un CPAR en el Sistema CPAR, un contratista tiene catorce días para impugnar las calificaciones y la narrativa asociada antes de que el CPAR se active. En el día quince, el CPAR se “activará” en el Sistema CPAR, lo que significa que otros funcionarios de contratación podrán ver el CPAR. Si un contratista presenta su falta de conformidad y refutaciones al CPAR emitido, esto activará la revisión del CPAR por parte del Funcionario de Revisión.
Recomendamos contratar a un abogado inmediatamente después de recibir un CPAR negativo para que su refutación en el Sistema CPAR incluya información que pueda resultar en que el Funcionario de Revisión revise las calificaciones y/o narrativas del Funcionario de Evaluación, y que en última instancia sea necesaria para tener éxito en una reclamación o apelación. Por ejemplo, FAR 42.1503, Tabla 42-1, exige que los funcionarios de contratación identifiquen un evento significativo en cada categoría de CPAR que el contratista haya tenido problemas para superar y declaren cómo afectó al gobierno para justificar una calificación Marginal en dicha categoría de CPAR. Un abogado puede ayudar a analizar la narrativa del CPAR en relación con los requisitos de su contrato para determinar si el funcionario de contratación justificó adecuadamente una calificación Marginal. Además, la Guía para el Sistema CPAR describe los requisitos para el título del Funcionario de Revisión en función de la agencia, el valor del contrato y el tipo de contrato. Un abogado puede ayudar a solicitar que se asigne el Funcionario de Revisión adecuado de acuerdo con estas pautas establecidas.
Si el Funcionario de Revisión no revisa las narrativas o calificaciones, el siguiente paso sería presentar una reclamación, ya que recibir una COFD es un requisito previo para presentar una apelación ante las Juntas de Apelaciones de Contratos (ASBCA, CBCA, etc.) o el COFC. Cabe destacar que la revisión y determinación del Funcionario de Revisión con respecto a la exactitud y suficiencia de un CPAR no constituye una COFD. Si contrata a un abogado al principio, el proceso para presentar una reclamación será relativamente sencillo, ya que las refutaciones presentadas en el Sistema CPAR solo necesitarán revisarse ligeramente para incorporar cualquier respuesta a los cambios del Funcionario de Revisión en el CPAR, si los hay, así como para incluir los requisitos de reclamación de la CDA, como la solicitud de una COFD por escrito.
Si la COFD es desfavorable, un abogado puede ayudarlo a seguir una apelación ante la Junta o el COFC aplicables. Las diferentes consideraciones relevantes para seguir una apelación ante las Juntas o el COFC, así como los procedimientos para hacerlo, se analizan en detalle en el primer artículo de esta serie. Es importante recordar que no todos los CPAR injustos darán como resultado una reclamación o apelación legal exitosa, porque a los funcionarios de contratación se les otorga una considerable deferencia al emitir CPAR. Sin embargo, un CPAR negativo puede tener un impacto duradero en la posición competitiva de un contratista en futuras licitaciones, cuyo costo puede ser desconocido al considerar si apelar un CPAR negativo. Un abogado de confianza puede ayudarlo con este análisis de costo-beneficio.
Maximizar la Recuperación
En diciembre de 2025, PilieroMazza analizó los informes anuales publicados por la CBCA y la ASBCA, resumiendo las tendencias de disputas contractuales que cada foro vio en el año fiscal 2025. Ambas Juntas vieron un aumento en los casos registrados en el año fiscal 2025, lo que indica que los contratistas están cada vez más interesados en impugnar sus COFD y tratar de recuperarse ante las Juntas. Los resultados en ambas Juntas dependen en gran medida de la calidad de la reclamación, la estrategia y la ejecución: se aconseja a los contratistas que consulten a un abogado lo antes posible en el proceso para prepararse mejor para una posible apelación, o idealmente, para ilustrar un derecho claro en la etapa de REA o reclamación para que un funcionario de contratación emita una decisión favorable, lo que haría innecesaria una apelación. Como se analizó en detalle a lo largo de este artículo, existen consideraciones fácticas y legales específicas para cada tipo de disputa que afectarán qué tipo de información debe presentarse en la etapa de REA o reclamación para maximizar su oportunidad de recuperación.
Vuelva el próximo mes para nuestro próximo artículo de esta serie, que examinará los conceptos básicos financieros: los Estándares de Contabilidad de Costos, el Fondo de Juicio y el interés de la CDA, relevantes para las REA, las reclamaciones y las apelaciones. Si tiene preguntas sobre las REA, las reclamaciones, las apelaciones o cualquier otra disputa contractual gubernamental, comuníquese con Lauren Brier, Abigail “Abby” Finan, Kelly Kirchgasser, Josie Farinelli o cualquier otro miembro de los grupos de práctica de PilieroMazza de REA, Reclamaciones y Apelaciones o Contratos Gubernamentales.
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Si busca información práctica para obtener una ventaja competitiva al comprender los requisitos de cumplimiento del gobierno, sintonice los podcasts de PilieroMazza: GovCon Live!, Clocking in with PilieroMazza y Ex Rel. Radio.
