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La empresa incurrió en prácticas comerciales cuestionables al dirigir publicidad a un público infantil y, simultáneamente, recolectar información personal de menores sin la notificación ni el consentimiento previo de sus padres o tutores legales. Estas acciones constituyen una violación de la Ley de Protección de la Privacidad en Línea de los Niños (COPPA, por sus siglas en inglés), normativa diseñada para salvaguardar la privacidad de los menores en el entorno digital.
