Las criptomonedas han evolucionado rápidamente, dejando de ser un instrumento reservado a expertos para convertirse en una opción de inversión cada vez más común. Activos digitales como Bitcoin o Ethereum forman parte de la cartera de numerosas familias, lo que plantea una cuestión fundamental que a menudo se ignora: ¿qué ocurre con estos activos tras el fallecimiento de su propietario?
El abogado experto en sucesiones, David Jiménez, analiza esta problemática y aclara las posibilidades de transmitir criptoactivos, así como las implicaciones fiscales que conlleva su inclusión en una herencia. Su conclusión es clara: las criptomonedas son heredables. Al igual que el dinero en cuentas bancarias, los bienes inmuebles o las acciones, los activos digitales integran el patrimonio del fallecido.
Aunque la herencia de criptomonedas aún no es tan frecuente como la de viviendas o depósitos bancarios tradicionales, Jiménez prevé un aumento exponencial en el futuro cercano. Esto se debe a que, siendo activos relativamente nuevos, muchos inversores aún no han establecido un plan sucesorio para sus activos digitales.
Uno de los principales desafíos reside en la naturaleza de las criptomonedas, que a diferencia de los bienes físicos, no están vinculadas a registros públicos convencionales. Si los herederos desconocen la existencia de estos activos o no disponen de las claves privadas y el acceso a las plataformas de custodia, podrían perder el control de los fondos de forma permanente. Por lo tanto, aunque la ley permite la herencia de criptomonedas, su ejecución efectiva depende de una planificación cuidadosa de la información.
Análisis de la eficiencia fiscal en las sucesiones
David Jiménez profundiza en la comparación de costes asociados a la herencia de diferentes tipos de bienes: dinero, inmuebles, empresas y criptomonedas. Su análisis se centra en determinar cuál de ellos implica una menor carga impositiva para los beneficiarios, tomando como referencia un patrimonio de un millón de euros.
- Empresas familiares: Si el patrimonio consiste en una empresa con actividad económica real, la herencia puede beneficiarse de importantes bonificaciones fiscales, con reducciones de hasta el 95%.
- Dinero vs. Inmuebles: En general, el especialista indica que heredar dinero es más económico que heredar una propiedad. Esto se debe a que los bienes inmuebles están sujetos no solo al Impuesto de Sucesiones, sino también a la plusvalía municipal, un impuesto adicional que no se aplica al dinero en efectivo o a los fondos de inversión.
Sin embargo, el jurista matiza que existen excepciones. Si la propiedad heredada es la vivienda habitual del fallecido, se pueden aplicar reducciones fiscales específicas que la hacen más atractiva. Además, es importante considerar que un inmueble puede generar ingresos por alquiler que compensen el coste fiscal inicial.
En lo que respecta a las criptomonedas, Jiménez las considera fiscalmente equivalentes al dinero. Su herencia no implica el pago de plusvalía municipal, pero sí está sujeta al Impuesto de Sucesiones, calculado sobre su valor de mercado en la fecha del fallecimiento. El principal reto no es, por tanto, de carácter impositivo, sino logístico: localizar, acreditar y tomar el control de los activos.
En conclusión, la creciente importancia de los activos digitales está transformando la gestión de las herencias. Este nuevo escenario exige a las familias considerar aspectos antes inexistentes, como los exchanges, las carteras digitales y la seguridad de las claves de acceso, factores que serán cruciales en la planificación patrimonial moderna.
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