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No legitimar el uso de la fuerza ni escalar el conflicto

by Editora de Negocio

Límites legales al uso de la fuerza y el marco del Derecho Internacional Humanitario

Se ha señalado la importancia de no proporcionar una cobertura “legal” ni otorgar permisos para el uso de la fuerza. Asimismo, se advirtió que no se deben intensificar las contradicciones ni agravar las situaciones existentes, evitando así la escalada de los conflictos.

Este contexto se vincula con los principios del Derecho Internacional Humanitario (DIH), también conocido como el Derecho de los Conflictos Armados o Derecho de la Guerra. El DIH consiste en tratados internacionales y leyes consuetudinarias diseñados específicamente para resolver problemas humanitarios derivados de conflictos armados, ya sean de naturaleza internacional o no internacional.

El objetivo primordial del DIH es prevenir y minimizar el sufrimiento humano en tiempos de conflicto. Sus reglas deben ser cumplidas por todas las partes involucradas, incluyendo gobiernos, fuerzas armadas y grupos armados. Los instrumentos principales de este derecho son los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y los dos Protocolos Adicionales de 1977, contando los Convenios de Ginebra con la adhesión de 196 gobiernos.

El origen del DIH se encuentra en la labor de Henry Dunant, quien propuso formalmente estas ideas en su obra “Recuerdos de Solferino” publicada en 1862, y el General Guillaume Dufour, quien brindó apoyo y presidió la conferencia diplomática de 1864 donde se adoptó el Convenio de Ginebra.

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