Un escenario hipotético plantea interrogantes sobre la cobertura de un seguro de responsabilidad civil en caso de fallecimiento del asegurado. Específicamente, se considera un contrato de responsabilidad civil familiar con una cláusula de excedente, lo que implica que el seguro interviene cuando la cobertura anterior no es suficiente debido a que el riesgo no estaba contemplado en el contrato previo.
La pregunta central gira en torno a cómo se aplica esta cláusula de excedente en el caso de que el asegurado fallezca. ¿Continúa vigente la cobertura para los herederos o beneficiarios, y en qué condiciones?
