Los contribuyentes que fueron cargados con multas o intereses por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) durante la pandemia de coronavirus (COVID-19) podrían ser elegibles para un reembolso.
En noviembre, un tribunal federal dictaminó que la emergencia de salud pública por COVID-19, desde el 20 de enero de 2020 hasta el 11 de mayo de 2023, se enmarca dentro de la sección 7508A(d) del código tributario, que exige la postergación de los plazos fiscales aplicables durante un período de desastre más 60 días. Esto significa que el nuevo plazo para presentar las declaraciones de impuestos de los años fiscales 2019, 2020, 2021 y 2022 habría sido el 10 de julio de 2023.
Sin impuestos adeudados, el IRS probablemente no tuvo derecho a imponer multas e intereses durante ese período. Por lo tanto, si se le cobraron multas o tarifas, podría tener derecho a un reembolso, según expertos en impuestos.
Aunque es probable que el IRS apela el fallo, los contribuyentes no pueden esperar mucho tiempo para presentar una reclamación. La ley establece que los contribuyentes tienen un tiempo limitado para solicitar un reembolso o una reducción de las multas o los intereses. Jon Wasser, socio de Fox Rothschild, especialista en temas fiscales, advierte que “millones de contribuyentes podrían ser elegibles, pero si no presentan reclamaciones antes del 10 de julio de 2026, perderán la oportunidad de obtener un reembolso o una condonación”.
Cualquier empresa o individuo al que se le hayan cobrado multas o intereses entre el 20 de enero de 2020 y el 10 de julio de 2023 puede ser elegible para solicitar un reembolso, según los abogados. Jessica Marine, socia de Frost Law, señala que los montos potenciales podrían ser significativos, especialmente para las empresas que enfrentaron desafíos de liquidez durante la pandemia e incurrieron en importantes multas por falta de pago de impuestos.
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