La justicia argentina ha ordenado que el Estado indemnice a un funcionario que contrajo COVID-19, a pesar de que el trabajador había decidido no vacunarse.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 4, a cargo del juez José Luis Cassinerio, en el marco de la causa “CASTILLO, CESAR ARIEL c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/ ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCIÓN CIVIL”.
El demandante, un integrante de la Prefectura Naval Argentina, promovió una acción por daños y perjuicios tras contraer COVID-19 en junio de 2021 mientras cumplía funciones. El actor reclamó una indemnización por tratamiento psicológico, daño moral e incapacidad sobreviniente. Cabe destacar que la propia demandada había reconocido, en sede administrativa, que la afección fue producida “en actos del servicio”.
En su resolución, el magistrado estableció que la omisión de vacunarse por voluntad propia no interrumpe el nexo causal ni libera al empleador de su deber de responsabilidad. La sentencia dejó en claro que la decisión de no vacunarse no es suficiente para eximir al Estado, a menos que se logre probar que dicha vacunación habría evitado el daño sufrido por el trabajador.
