Para muchas personas, escuchar música o podcasts es una actividad cotidiana. Para algunos, incluso puede ser una fuente de relajación en el trabajo. ¿A quién podría molestar? ¿Está permitido hacerlo en el ámbito laboral?
“No existe una prohibición general”, afirma Johannes Schipp, abogado especialista en derecho laboral. Siempre que no existan riesgos para la seguridad, el rendimiento laboral no se vea afectado y no se perturben a otras personas, escuchar música o podcasts no debería ser un problema. Las regulaciones más específicas se pueden encontrar en el contrato de trabajo o en los acuerdos de empresa.
Una prohibición debe estar justificada
Una prohibición puede estar justificada, por ejemplo, si los empleados no pueden percibir toda la información relevante para su desempeño laboral al escuchar estos contenidos. O si la música puede perturbar a otras personas. No se trata solo de contaminación acústica. Si los compañeros o incluso los clientes perciben que la atención de los empleados está desviada, la escucha, incluso con auriculares, puede ser una distracción.
De esto se deduce que una prohibición de escuchar música o podcasts es más fácilmente comprensible en profesiones que implican contacto con el cliente. En el caso de trabajos sin contacto con el cliente, el empleador debe justificar adecuadamente la prohibición.
Si el empleador desea imponer una prohibición general, esto afecta al orden de la empresa. Dicha prohibición requiere entonces la aprobación del comité de empresa.
Johannes Schipp es abogado especialista en derecho laboral, miembro de la Asociación Alemana de Abogados (DAV) y fue presidente del Comité Ejecutivo de la Comunidad de Derecho Laboral de la DAV hasta 2021.
