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e-Urząd Skarbowy: App para empresas y trámites fiscales online

by Editora de Negocio enero 7, 2026
written by Editora de Negocio

Las largas colas, los formularios en papel y la constante verificación de los horarios de atención de las oficinas públicas están quedando obsoletos. El Ministerio de Finanzas está trasladando progresivamente los trámites fiscales a internet y, ahora, también a los teléfonos inteligentes. Hace aproximadamente un año se lanzó la aplicación móvil e-Urząd Skarbowy (Oficina Tributaria electrónica). Inicialmente, solo las personas físicas podían utilizarla. Recientemente, el acceso se ha extendido también a las organizaciones, incluyendo empresas, fundaciones y asociaciones.

La administración tributaria se asemeja cada vez menos a una oficina tradicional con ventanillas y sellos, y cada vez más a una aplicación que llevamos en el bolsillo. Lo que antes era una comodidad para los particulares, se está convirtiendo en una herramienta cotidiana para empresas, fundaciones y asociaciones. La aplicación móvil e-Urząd Skarbowy avanza en su proceso de digitalización completa, lo que significa que cada vez más trámites se pueden realizar sin salir de la oficina, del hogar o incluso sin encender el ordenador.

El Ministerio anuncia un mayor desarrollo

La ampliación de la aplicación no es un proyecto aislado, sino parte de una estrategia más amplia de digitalización de la administración tributaria. Según el Ministerio de Finanzas, las nuevas funciones responden a las necesidades reales de los usuarios, buscando la mejor adaptación posible a las necesidades de los contribuyentes.

¿Qué hacen los usuarios con mayor frecuencia en la aplicación?

Cientos de miles de personas ya utilizan el e-Urząd Skarbowy tras descargar la aplicación. Con mayor frecuencia, consultan información sobre liquidaciones, devoluciones de impuestos y el historial de declaraciones presentadas.

La aplicación permite presentar declaraciones de impuestos de forma rápida y segura, enviar solicitudes de certificados y recibir documentos de la administración. Es importante destacar que no se requiere firma electrónica para ello. Los documentos se envían directamente a las autoridades fiscales y el usuario tiene acceso permanente al historial completo de sus trámites.

La cuenta de organización como una verdadera facilidad

Otra función importante es la cuenta de organización, que ofrece a empresas e instituciones una amplia gama de servicios disponibles en el e-Urząd Skarbowy. A través de ella, se pueden presentar declaraciones y formularios de registro, solicitar un certificado de cumplimiento fiscal, consultar datos de registro y verificar la lista de apoderados.

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Todo el proceso se realiza en línea, sin necesidad de utilizar una firma electrónica cualificada ni de otorgar poderes adicionales a los apoderados. El Ministerio de Finanzas anuncia que esto no es el final, y que con las próximas actualizaciones se añadirán nuevas funcionalidades.

¿Cómo conceder acceso a un empleado?

Las organizaciones pueden dar acceso a su cuenta a una persona física que posea un número PESEL. Para ello, es necesario presentar la solicitud correspondiente al jefe de la oficina tributaria competente en materia de registro de contribuyentes y contribuyentes.

A cada usuario se le puede asignar uno de dos niveles de acceso: básico o ampliado. Este último permite gestionar la cuenta de la organización, incluyendo la concesión y revocación de permisos a otras personas. A partir de ahora, todas estas operaciones se pueden realizar también desde la aplicación móvil.

La administración tributaria digital es solo el comienzo

La aplicación e-Urząd Skarbowy se lanzó hace casi un año, el 27 de enero de 2025, y desde el principio se ha implementado por etapas. Primero se beneficiaron los usuarios individuales, y ahora es el turno de las organizaciones. El Ministerio de Finanzas no oculta sus ambiciones: el objetivo es crear un canal de contacto totalmente digital con la administración tributaria.

Sin colas, sin documentos en papel y sin trámites innecesarios. Todo indica que la administración tributaria se está trasladando definitivamente al teléfono móvil.

enero 7, 2026 0 comments
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Negocio

KSeF: Facturas con Anexos desde 2026 – Guía Completa

by Editora de Negocio diciembre 16, 2025
written by Editora de Negocio

El Sistema Nacional de Facturación Electrónica (KSeF) avanza a una nueva etapa de desarrollo. A partir del 1 de enero de 2026, la Oficina Tributaria Electrónica (eUS) lanzará un módulo de notificaciones que permitirá a las empresas indicar su intención de emitir facturas con anexos. Esta es una novedad importante para las empresas que trabajan con datos complejos y necesitan complementar las facturas electrónicas con información adicional.

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A partir del 1 de enero de 2026, la Oficina Tributaria Electrónica pondrá en marcha un módulo de notificaciones relativo a las facturas con la posibilidad de añadir un anexo. “Gracias a esto, los usuarios podrán incluir información adicional en la factura de forma sencilla y transparente”, explica el Ministerio de Finanzas. El anexo añadido al sistema formará parte integral de la factura, lo que evitará la necesidad de enviar correspondencia adicional a los contratantes fuera del sistema KSeF. Esto facilitará el flujo de documentos y garantizará una recopilación ordenada de los datos en un único lugar.

El nuevo módulo en e-US significa que los contribuyentes podrán presentar notificaciones relativas a las facturas con anexos sin necesidad de utilizar herramientas adicionales. La solución tiene como objetivo agilizar la gestión de documentos y aumentar la transparencia de la información transmitida en el marco de la facturación electrónica. El lanzamiento de esta función el 1 de enero de 2026 es una de las etapas de la implementación de nuevos elementos del Sistema Nacional de Facturación Electrónica y tiene como objetivo facilitar el trabajo diario de los empresarios que utilizan KSeF y los servicios disponibles en e-US.

¿Cuándo será posible emitir facturas electrónicas con anexos en KSeF? ¿En qué formato? ¿Para quién es esta opción?

La emisión de una factura con anexo en KSeF será posible a partir del 1 de febrero de 2026. Sin embargo, el Ministerio de Finanzas indica claramente que “los anexos no son obligatorios. Es una opción voluntaria y su uso depende del contribuyente y de la especificidad de su actividad económica”.

Cabe destacar que el anexo se considera parte integral de la factura, y la factura en el Sistema Nacional de Facturación Electrónica debe tener formato de archivo XML. Por lo tanto, no es posible adjuntar un anexo, por ejemplo, en formato PDF, JPG, PNG o Word. Solo se pueden enviar archivos estructurados (XML) a KSeF. Esta solución garantiza la coherencia y la posibilidad de leer automáticamente el conjunto por los sistemas contables.

„La posibilidad de añadir anexos no está limitada a sectores específicos – cualquier contribuyente puede utilizarla. No obstante, esta opción se ha introducido principalmente teniendo en cuenta las necesidades de los sectores en los que las facturas tienen datos muy complejos, como los medios de comunicación, las telecomunicaciones y los combustibles”, explica el Ministerio de Finanzas.

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¿Qué acciones debe realizar un contribuyente para poder emitir facturas electrónicas con anexos en KSeF?

Según las explicaciones proporcionadas por el Ministerio de Finanzas: “el empresario deberá presentar una notificación en la Oficina Tributaria Electrónica, informando al Jefe de la Administración Tributaria (KAS) de su intención de emitir y enviar a KSeF facturas con anexo”. Solo después de que el contribuyente reciba una confirmación por correo electrónico de la posibilidad de emitir y enviar facturas con anexo al Sistema Nacional de Facturación Electrónica, podrá utilizar esta función.

La notificación en la Oficina Tributaria Electrónica, en el caso de una actividad unipersonal, la presenta el propio contribuyente (persona física). En una empresa, la notificación la presenta el usuario de la cuenta de la organización (UKO).

¿Cuándo se podrán presentar notificaciones relativas a los anexos en la Oficina Tributaria Electrónica? ¿Cuándo se tramitará?

Las notificaciones relativas al anexo en la Oficina Tributaria Electrónica se podrán presentar a partir del 1 de enero de 2026, es decir, un mes antes del inicio del Sistema Nacional de Facturación Electrónica obligatorio para las empresas más grandes. Solo los contribuyentes que deseen emitir facturas con anexos deben presentar la notificación. La recepción de dichas facturas no requiere ningún trámite adicional.

Es importante destacar que la notificación solo se puede presentar en la Oficina Tributaria Electrónica. No es posible hacerlo en la Aplicación del Contribuyente KSeF ni en un programa de contabilidad. Las notificaciones se presentan exclusivamente por vía electrónica en e-US!

Este tipo de notificación, según explica el Ministerio de Finanzas, “se tramitará en un plazo máximo de 3 días hábiles. No se prevé la posibilidad de rechazar dichas notificaciones, basta con presentarlas correctamente para que sean aceptadas”. El contribuyente recibirá un correo electrónico separado con la confirmación de que puede emitir y enviar facturas con anexo a KSeF.

¿En qué programas será posible emitir facturas con anexo? ¿Cuál será el tamaño máximo?

Cabe subrayar que la emisión de una factura con anexo solo será posible en programas de contabilidad comerciales integrados con la API KSeF 2.0. Las aplicaciones gratuitas del Ministerio de Finanzas admitirán facturas electrónicas, pero sin esta función adicional.

“El tamaño máximo de dicha factura será de 3 MB. Este límite permite incluir una gran cantidad de datos, pero al mismo tiempo garantiza el correcto funcionamiento del sistema”, explica el Ministerio de Finanzas.

¿Después de cambiar el perfil de la actividad, es necesario notificar la interrupción del uso de facturas con anexo en KSeF?

La respuesta del Ministerio de Finanzas es clara. Es decir, „no es necesario notificar la interrupción del uso de los anexos. Si el contribuyente lo hace, perderá la posibilidad de emitir también correcciones a las facturas anteriores con anexo”.

Por lo tanto, incluso si en el nuevo perfil de actividad económica el contribuyente ya no utiliza esta función, no debe notificar la interrupción de la emisión y el envío de facturas con anexo a KSeF.

¿Cuáles son los plazos para la implementación obligatoria de KSeF? Depende del tamaño de la empresa

Recordemos finalmente las fechas importantes que se acercan rápidamente. El deber de emitir facturas en el Sistema Nacional de Facturación Electrónica entrará en vigor a partir de:

  • 1 de febrero de 2026 para los empresarios cuyo valor de las ventas (incluido el importe del impuesto) superó los 200 millones de PLN en 2024,
  • 1 de abril de 2026 para el resto de los empresarios.

También se prevé un período de transición, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026, algunas empresas aún podrán emitir facturas en papel o electrónicas fuera de KSeF. ¿La condición? El valor total de las ventas con IVA en dichas facturas no puede superar los 10.000 PLN en un mes determinado.

Sin embargo, a pesar de la falta de obligación, los contribuyentes podrán emitir facturas electrónicas voluntariamente en KSeF. No obstante, la recepción de facturas utilizando KSeF será obligatoria a partir del 1 de febrero de 2026 (excepto en los casos excluidos por ley, en los que la factura se entrega de forma acordada).

diciembre 16, 2025 0 comments
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