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SAMA: Bancos deben reportar planes de venta de inmuebles

by Editora de Negocio

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El Banco Central Saudí ha exigido a todas las entidades bancarias y financieras que operan en el Reino la presentación de planes anuales para la liquidación de propiedades que hayan adquirido a cambio de la condonación de deudas de clientes morosos. Según informó el periódico ‘Okaz’, estas entidades deberán remitir dichos planes en un plazo máximo de 30 días al finalizar cada año calendario.

El Banco Central ha enfatizado que, de acuerdo con sus regulaciones y el sistema de supervisión bancaria, si una entidad posee una propiedad como resultado de una deuda, y esta propiedad no es esencial para sus operaciones, el alojamiento de sus empleados o fines recreativos, deberá ser liquidada en un plazo de tres años a partir de la fecha de adquisición.

Asimismo, el Banco Central ha comunicado a todas las entidades bancarias lo siguiente:

– Elaborar planes de liquidación basados en un modelo aprobado, que se actualicen anualmente y abarquen todas las propiedades, incluyendo aquellas cuyo período de tenencia reglamentaria está próximo a finalizar o que requieran una extensión del mismo, además de las que aún se encuentran dentro del período reglamentario de tres años.

– Someter estos planes a la revisión de la administración de auditoría interna y obtener la aprobación de los consejos de administración de los bancos, adjuntando los informes de auditoría y las resoluciones del consejo al remitirlos al Banco Central. Los planes también deberán compartirse con la Dirección General de Licencias Bancarias.

– No aceptar solicitudes individuales para extender el período de tenencia de las propiedades, limitándose al plan anual presentado a tal efecto.

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– Las entidades bancarias deberán proporcionar al Banco Central, en un plazo de 30 días a partir de finales de (mediados) de cada año calendario, un informe detallado de las propiedades adquiridas a cambio de la condonación de deudas, de acuerdo con el modelo aprobado, para su envío a la Dirección General de Supervisión e Inspección Bancaria.

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