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Pensión alimenticia: Exención por tratamiento y revisión administrativa

by Editora de Negocio

Una expareja ha solicitado una revisión administrativa de la pensión alimenticia para aumentar el monto y cubrir gastos adicionales. ¿Es posible realizar esta solicitud?

El proceso actual es agotador, especialmente considerando que estoy lidiando con otros problemas personales. Próximamente ingresaré a un centro de tratamiento por adicciones durante tres meses, tiempo durante el cual estaré con licencia sin goce de sueldo y sin ingresos. ¿Sigo obligado a pagar la pensión alimenticia en esta situación?

Respuesta: Por lo que se entiende, actualmente está pagando una pensión alimenticia determinada mediante una evaluación basada en una fórmula.

La evaluación de la fórmula del IRD considera los ingresos imponibles de ambos padres y deduce montos estándar correspondientes a los costos de vida básicos. Luego, compara los ingresos con la cantidad de cuidado que cada progenitor brinda, basándose en el número de noches que el niño pasa bajo el cuidado de cada uno.

Si un progenitor no está conforme con la evaluación de la fórmula, puede solicitar una revisión administrativa al IRD, tal como lo ha hecho su expareja.

Existen 11 motivos por los cuales se puede solicitar una revisión administrativa:

Parece probable que su expareja haya presentado la solicitud bajo el motivo número siete.

Los costos relacionados con el motivo siete deben ser razonables en relación con las circunstancias familiares. ¿Existen circunstancias relevantes que justifiquen la importancia de que su hija asista a una escuela privada o tenga un caballo? ¿Existía la expectativa de que su hija fuera a una escuela privada o que ambos financiarían su caballo? ¿Tiene la capacidad de cubrir o contribuir a estos gastos?

Si no tiene la capacidad de cubrir o contribuir a los gastos, o no existía una expectativa acordada, entonces debería tener fundamentos sólidos para defender la revisión.

La revisión generalmente la realiza un oficial de revisión administrativa de la pensión alimenticia con cada uno por separado, por teléfono. Generalmente, las revisiones duran unos treinta minutos.

Normalmente, los abogados no participan en las revisiones, pero puede buscar asesoramiento legal de un abogado o un Centro de Asesoramiento Legal Comunitario antes de cualquier revisión.

Si su expareja no está conforme con el resultado de la revisión administrativa, puede llevar el asunto más adelante y solicitar una orden de desviación al Tribunal de Familia. Los motivos para las órdenes de desviación son los mismos que para las revisiones administrativas.

Si no está de acuerdo con el resultado de la revisión administrativa, puede presentar una apelación.

Puede solicitar la suspensión del pago de la pensión alimenticia en ciertas circunstancias. Una de estas exenciones es la exención hospitalaria, que incluye estancias en centros de tratamiento.

Para calificar para una exención hospitalaria:

Tiene hasta tres meses después de abandonar el centro de tratamiento para solicitar una exención.

Para solicitarla, debe completar un formulario de exención para prisioneros y pacientes hospitalizados (IR105) y que alguien del centro de tratamiento lo firme y selle.

Ha indicado que no tendrá ingresos durante su ingreso al centro de tratamiento. Siempre y cuando los tres meses superen el umbral de las 13 semanas, debería calificar para una exención durante ese período.

Si tiene éxito, su exención finalizará cuando abandone el centro de tratamiento, momento en el que deberá informar al IRD.

Si no califica para que se suspendan sus pagos, es posible que pueda reducirlos. Sus ingresos deben ser al menos un 15% inferiores a los utilizados en la evaluación de la fórmula.

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