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Conductor de Ambulancias: Nueva Regulación y Formación

by Editora de Negocio

Un nuevo marco regulatorio define la figura del conductor de soporte como un profesional habilitado, con una certificación específica obtenida tras completar cursos de formación. Sus responsabilidades van más allá de la conducción del vehículo, incluyendo el mantenimiento de los vehículos de emergencia, la seguridad de los pacientes transportados y la colaboración con el personal sanitario durante las intervenciones.

Según lo establecido, estos conductores podrán trabajar tanto en régimen de empleo como de voluntariado en empresas sanitarias locales, hospitales, organizaciones de voluntariado, cooperativas y entidades públicas o privadas que presten servicios de rescate y transporte sanitario.

Las tareas específicas incluyen la conducción de los vehículos, la estabilización de los pacientes durante el transporte, la asignación de códigos de color en ausencia de un médico a bordo, el uso de equipos electromédicos y la administración de oxígeno. Además, se reconocerán, a través de la negociación colectiva, las indemnizaciones por riesgo, peligro y daño ya previstas para otras figuras del rescate.

Los artículos dedicados a la formación establecen que las regiones y provincias autónomas serán las encargadas de definir los itinerarios formativos. Para acceder a los cursos, se requiere un diploma de escuela secundaria de primer grado y cumplir con los requisitos del Código de Circulación para la conducción de vehículos de emergencia. Los operadores que, a la fecha de entrada en vigor de la ley, hayan realizado al menos 1.500 horas como conductores de ambulancia o de soporte podrán acceder directamente al examen final, sin necesidad de asistir a los cursos.

El examen final, que consta de una prueba teórica y práctica, permitirá la obtención de una certificación profesional válida en todo el territorio nacional. Las regiones serán responsables de determinar los créditos formativos por títulos y servicios previos.

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Se establecerán, en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor de la ley, registros públicos regionales de conductores de soporte, con la transmisión de datos al Ministerio de Salud para la creación de un registro público nacional específico. La inscripción será obligatoria y gratuita para todos los operadores.

Se autoriza una inversión anual de 10 millones de euros a partir de 2022, financiada con cargo al fondo especial del Ministerio de Economía.

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