Abogado y administrador de condominio: ¿existe obligación de cotizar a la Caja Forense?

by Editora de Negocio

La regola general es que un abogado inscrito en la Caja Forense que también ejerce la actividad de administrador de fincas no tiene la obligación de inscribirse en la Gestión Separada del INSS, siempre que dicha actividad no resulte predominante. Lo ha aclarado el Consejo Nacional Forense, precisando que, en estos casos, los ingresos percibidos pueden incluirse dentro del rendimiento profesional forense. El requisito fundamental es que la actividad de administración siga siendo accesoria respecto de la actividad legal. Por el contrario, si adquiere un carácter autónomo y predominante, podría generarse una obligación contributiva distinta. En el plano jurisprudencial, no existen pronunciamientos específicos sobre la acumulación de ambas actividades. No obstante, el Tribunal de Casación ha señalado reiteradamente que la inscripción en una caja profesional excluye la obligación frente a la Gestión Separada únicamente cuando los ingresos provienen de la actividad típica de la profesión ejercida. El criterio de la «no predominancia» resulta, por tanto, central en la valoración concreta de la posición contributiva. En un nuevo pronunciamiento, el CNF ha excluido el derecho a la devolución de las contribuciones para el abogado que se dé de baja del colegio por incompatibilidad, por ejemplo, al acceder a un puesto en la administración pública. Desde 2004, de hecho, ya no se prevé la devolución de las contribuciones ingresadas. Estas cantidades, sin embargo, no se pierden: el profesional podrá acceder, al cumplir los 70 años, a la pensión de vejez contributiva si dispone de, al menos, cinco años de cotización efectiva.

leer más  Oro: Precio, análisis y últimas noticias | Hoy

You may also like

Leave a Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.