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Bélgica: Suben las multas por incumplimiento laboral en 2026

by Editora de Negocio

En resumen

Bélgica introducirá dos cambios significativos que incrementarán la exposición financiera de los empleadores en caso de incumplimiento de la legislación laboral belga. A partir del 1 de febrero de 2026, (i) se incrementará el multiplicador legal utilizado para calcular las multas administrativas y penales, y (ii) se aplicará una nueva penalización mínima obligatoria en ciertos casos que involucren un factor agravante. En conjunto, estas reformas fortalecerán el marco sancionador general y aumentarán los riesgos de cumplimiento, especialmente en lo que respecta a las infracciones graves del Código Penal Social.

Aumento de las multas administrativas y penales

Según la legislación belga, el importe real de las multas administrativas o penales se calcula aplicando un multiplicador legal (“opdeciemen”/”décimes additionnels”) a los importes básicos de las multas establecidos en la legislación pertinente. Actualmente, este multiplicador legal es de ocho, por lo que las multas básicas deben multiplicarse por ocho para determinar los importes efectivamente pagaderos.

A partir del 1 de febrero de 2026, el multiplicador legal aumentará a 10, lo que conllevará un aumento proporcional de todas las multas administrativas y penales.

Dentro del marco del Código Penal Social –que categoriza las infracciones en cuatro niveles de sanción según su gravedad–, la siguiente tabla detalla (i) los niveles de sanción aplicables y (ii) las multas correspondientes (incluido el multiplicador legal), tanto antes como después del cambio legislativo. La tabla no incluye las penas de prisión asociadas a las infracciones de Nivel 4.

Nivel de sanción
 Multa administrativa Multa penal
   Antes Después Antes Después
 Nivel 1 EUR 80-800 EUR 100-1,000 N/A N/A
 Nivel 2 EUR 200-2,000 EUR 250-2,500 EUR 400-4,000 EUR 500-5,000
 Nivel 3 EUR 800-8,000 EUR 1,000-10,000 EUR 1,600-16,000 EUR 2,000-20,000 
 Nivel 4 EUR 2,400-28,000 EUR 3,000-35,000 EUR 4,800-56,000 EUR 6,000-70,000
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Es importante destacar que el Código Penal Social a menudo establece que las multas pueden multiplicarse por el número de empleados afectados, hasta un máximo de 100 empleados. Este mecanismo de multiplicación –combinado con el aumento del multiplicador legal– significa que la exposición financiera total en casos que involucren a múltiples empleados puede aumentar sustancialmente.

Multa mínima obligatoria para infracciones de Nivel 4 con un factor agravante

Tras la reciente reforma del Código Penal Social, las autoridades competentes deben tener en cuenta un “factor agravante” al determinar las sanciones por infracciones punibles en el Nivel 4. En general, un factor agravante se refiere a situaciones en las que la infracción se cometió con conocimiento y a sabiendas.

En el régimen actual, la existencia de un factor agravante obliga al juez o a la autoridad administrativa competente a considerarlo al determinar la sanción –por ejemplo, imponiendo una multa hacia el extremo superior del rango legal– o al evaluar si se justifican sanciones adicionales (como la prohibición de operar o el cierre del negocio). Sin embargo, la ley no exige actualmente que el tribunal o la autoridad administrativa exceda el umbral mínimo de las sanciones.

Esto cambiará a partir del 1 de febrero de 2026. Cuando se determine que una infracción de Nivel 4 se ha cometido con un factor agravante, la multa impuesta no podrá ser inferior a la mitad de la multa máxima legal para el Nivel 4. Esto introduce un mínimo legal vinculante que restringe materialmente la discreción judicial y administrativa y garantiza que las infracciones agravadas de Nivel 4 sean sancionadas a un nivel base sustancialmente más alto.

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Sin embargo, la legislación prevé una excepción limitada. El mínimo obligatorio no se aplica cuando el hecho de que la infracción se haya cometido “con conocimiento y a sabiendas” ya haya servido como la circunstancia agravante que justifique la reclasificación de la infracción de un nivel de sanción inferior al Nivel 4. En estas situaciones, la naturaleza intencional de la conducta no puede utilizarse una segunda vez para activar la nueva multa mínima obligatoria.

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