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BVerfG Frena Vigilancia Masiva de DNS: Protege la Privacidad Online

by Editor de Tecnologia

Las autoridades de persecución penal pretendían iniciar el rastreo desde la mera invocación de una dirección de internet y evaluar masivamente las solicitudes DNS. Los tribunales especializados habían aprobado esta vigilancia masiva. Pero ahora, el Tribunal Constitucional Federal (BVerfG) detiene esta nueva táctica de vigilancia.

En cualquier caso, por el momento, los proveedores de servicios de telecomunicaciones no pueden ser obligados, en el marco de investigaciones penales, a supervisar y evaluar todas las solicitudes de servidores del Sistema de Nombres de Dominio (DNS) a un servidor presuntamente comprometido. Así lo ha decidido el Bundesverfassungsgericht (BVerfG) mediante una orden provisional según el § 32 Abs. 1 de la Ley del Tribunal Constitucional Federal (BVerfGG) (Beschl. v. 25.11.2025, Az. 1 BvR 2317/25).

Los sistemas de servidores DNS funcionan de forma similar a una central telefónica: el usuario conoce el dominio (el nombre legible por humanos de un ordenador en internet), por ejemplo, www.lto.de. Este lo envía como una solicitud a internet, donde el DNS convierte el dominio en la dirección IP correspondiente (el “número de conexión” en internet), por ejemplo, una dirección IP compuesta por un código numérico (aproximadamente “192.0.2.42”) y, por lo tanto, conduce al ordenador correcto. Los investigadores podrían, por lo tanto, obtener potencialmente información detallada sobre el comportamiento de las personas afectadas en internet.

Los proveedores se habían dirigido al BVerfG después de que el Tribunal de Distrito (AG) de Oldenburg los obligara, basándose en la vigilancia de las telecomunicaciones según los §§ 100a Abs. 1, 100e del Código de Procedimiento Penal (StPO), a supervisar y registrar repetidamente las solicitudes DNS a través de la infraestructura de red proporcionada al sistema de servidores, junto con la transmisión de los datos de los clientes necesarios para identificar a los titulares de la conexión a las autoridades de persecución penal. No quedó claro de qué delitos concretos se trataba, aunque el § 100a Abs. 2 del Código de Procedimiento Penal (StPO) enumera diversos delitos catalogados de diferentes ámbitos delictivos.

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La protección legal solicitada inicialmente ante el Tribunal Regional de Oldenburg no tuvo éxito. Como resultado, los demandantes se vieron afectados en sus derechos fundamentales según el Art. 2 Abs. 1, Art. 10 Abs. 1 y Art. 12 Abs. 1 de la Ley Fundamental (GG). Al menos tras un examen sumario, con razón, según la 2ª Cámara del Primer Senado, que por lo tanto dictó la orden provisional solicitada.

Se trata de 12,96 billones de solicitudes mensuales

El punto de partida para esto es el § 32 Abs. 1 BVerfGG. Según este, el BVerfG puede regular provisionalmente una situación mediante una orden provisional si esto es urgentemente necesario para evitar graves perjuicios, prevenir la violencia inminente o por otra razón importante para el bien común. Si el resultado del procedimiento principal –como aquí– es incierto, es necesario realizar una ponderación de intereses. Se ponderan, por un lado, las consecuencias que se producirían si la orden provisional no se dictara, pero la demanda de inconstitucionalidad tuviera éxito más tarde, frente a los inconvenientes, por otro lado, que surgirían si se dictara la orden provisional solicitada, pero la demanda de inconstitucionalidad no tuviera éxito.

El Tribunal Constitucional tuvo en cuenta que los demandantes tendrían que realizar un esfuerzo organizativo y de personal considerable para adaptar sus sistemas de servidores DNS a las resoluciones del AG de Oldenburg. Posteriormente, tendrían que evaluar el contenido de todas las solicitudes dirigidas a sus sistemas DNS por parte de sus 40 millones de clientes para determinar si consultan la dirección del servidor comprometido, es decir, aquel que es objeto de un procedimiento de investigación. Las solicitudes aisladas correspondientes tendrían que ser transmitidas a las autoridades de investigación junto con los datos existentes de los clientes afectados. Este era esencialmente el contenido de las resoluciones del juez de instrucción.

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Cada mes, se realizan alrededor de 12,96 billones de solicitudes a los sistemas DNS en cuestión (es decir, aproximadamente cinco millones de solicitudes de servidores DNS por segundo). El trasfondo es que esto incluye, entre otras cosas, visitas a páginas web y el envío de correos electrónicos. Desde el punto de vista del BVerfG, se puede suponer, por lo tanto, que gran parte del uso actual de internet solo es posible a través de los servicios DNS.

Por otro lado, no está claro que los delitos concretos perseguidos aquí sean particularmente graves, ni que “la investigación de los hechos no podría ser igualmente exitosa con otros métodos de investigación”. Por lo tanto, el interés en esclarecer delitos mediante la consulta DNS disminuye en la medida en que existen otras alternativas.

El BVerfG remite a otros métodos de investigación

En el pasado no ha habido medidas de vigilancia correspondientes, por lo que los tribunales se mueven en un terreno nuevo.

Una razón fundamental para la orden provisional es la inminente pérdida irreversible de reputación que el BVerfG prevé para los demandantes. “Debido a la novedad de la medida ordenada, se puede esperar que el público, los medios de comunicación y los clientes afectados tomen conocimiento crítico de la misma”. Además, el BVerfG considera que se producen masivas injerencias en el secreto de las telecomunicaciones (Art. 10 Abs. 1 GG) en detrimento de los clientes, contra las cuales apenas existirían posibilidades serias de protección legal.

La orden provisional es válida hasta que se dicte sentencia en el procedimiento principal, pero no por más de seis meses. El BVerfG evalúa las perspectivas de éxito de la demanda de inconstitucionalidad en el procedimiento principal como “al menos inciertas”, pero es probable que el resultado de la ponderación de intereses se mantenga.

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La empresa de telecomunicaciones fue representada por el bufete Wessing & Partner, los abogados Dr. Eren Basar y Christian Heinelt, y la abogada Laura Marie Hanke. 

Bufetes de abogados involucrados

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