Home NegocioEstafa laboral: 7 años de cárcel por extorsión a empleados

Estafa laboral: 7 años de cárcel por extorsión a empleados

by Editora de Negocio

Un sistema de extorsión sistemática a empleados, obligándolos a devolver en efectivo parte de su salario bajo la amenaza de perder su empleo, ha resultado en una condena severa para un hombre de 75 años, originario de Ostuni pero residente en San Michele Salentino.

El Tribunal Ordinario de Brindisi, en una decisión colegiada presidida por Ambrogio Colombo, con los jueces Margherita Ricci y Leonardo Convertini, impuso al acusado una pena de siete años de prisión y una multa de 3.300 euros. La sentencia, dictada tras un largo y complejo juicio con la fiscalía representada por el fiscal Francesco Carluccio, requalificó el delito original como extorsión continuada, revelando las dramáticas condiciones laborales dentro de la comunidad de rehabilitación psiquiátrica “San Vincenzo”, gestionada en San Michele Salentino por el “Consorzio Coop Soc. E.R. Onlus”, del cual era el administrador y representante legal.

La acusación se mantuvo firme durante el proceso judicial en lo que respecta a la explotación laboral, lo que también resultó en la inhabilitación perpetua del acusado para ejercer cargos públicos. Las partes civiles, representadas principalmente por el abogado Domenico Attanasi, también obtuvieron un resultado favorable.

L’avvocato Attanasi

El caso se originó a partir de una exhaustiva verificación fiscal, iniciada por la Guardia di Finanza en octubre de 2013, que reveló una práctica empresarial consolidada. Inicialmente, la estructura psiquiátrica pagaba a los trabajadores, muchos de los cuales se dedicaban a la asistencia y la limpieza, salarios significativamente inferiores a las horas realmente trabajadas y a lo estipulado en el convenio colectivo nacional de la sanidad privada. Los cheques entregados a los empleados reflejaban cantidades menores a las que figuraban falsamente en las nóminas, que se entregaban con retraso o se hacían firmar en bloque.

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Cuando la Guardia di Finanza comenzó a investigar, el acusado tuvo que cambiar de estrategia para cuadrar las cuentas formalmente: comenzó a hacer coincidir los cheques con las sumas declaradas en la nómina, pero simultáneamente exigió a los empleados que retiraran la diferencia en efectivo y se la entregaran a mano. Aquellos que se oponían a esta práctica, que en algunos casos llegaba a los 600 euros mensuales, sufrían deducciones ficticias de horas trabajadas, falta de pago de mensualidades posteriores o la amenaza explícita de despido y cierre de toda la estructura.

Las pruebas documentales y técnicas, además de los testimonios de las víctimas, fueron clave para condenar al ex administrador. Durante los registros en las casas de verano del acusado en Torre Santa Sabina, los agentes financieros encontraron un bloc de notas que contenía una especie de contabilidad paralela de la extorsión: junto al nombre de los trabajadores se anotaban las cifras de la nómina, las sumas percibidas realmente y la cuota extorsionada y devuelta. También se encontraron recibos y comprobantes firmados en blanco por los empleados. Las investigaciones se corroboraron con escuchas ambientales y telefónicas en las que el acusado y sus familiares discutían estrategias para castigar a los trabajadores rebeldes.

El proceso también abordó una segunda acusación, que acusaba al ex administrador de apropiarse de más de 248.000 euros de fondos asignados por la ASL de Brindisi para la asistencia de los 14 pacientes psiquiátricos de la estructura. Según las investigaciones, el dinero destinado a la atención se desviaba para adquirir bienes de lujo ajenos a las necesidades terapéuticas: ropa de marca, joyas por miles de euros, muebles de diseño y alimentos en cantidades desproporcionadas, incluyendo 400 kilogramos de jamón crudo y cientos de kilogramos de queso Grana, incompatibles con las necesidades de los pacientes. En este aspecto, los jueces determinaron que el acusado no actuaba como funcionario público en la gestión de los fondos, ya que el dinero, una vez transferido por la ASL para pagar las tarifas, entraba en el patrimonio de una entidad privada.

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En consecuencia, el delito se reclasificó de malversación a apropiación indebida, que la ley italiana castiga solo a raíz de una denuncia de la parte perjudicada. Al no existir la denuncia, el Tribunal declaró que no era necesario proceder con esta acusación específica, anulando de hecho las pretensiones planteadas por la ASL de Brindisi, representada por el abogado Donato Mellone.

A pesar de este salvaguarda técnico en lo que respecta a los fondos públicos, llegó la condena por el maltrato económico infligido a los trabajadores. El tribunal reconoció el sufrimiento de las víctimas, condenando al acusado a indemnizar por daños y perjuicios a las partes civiles (cuatro empleados) asistidas en el juicio por los abogados Attanasi y Carmine Calò. A cada una de estas mujeres se le concedieron 15.000 euros en concepto de indemnización equitativa, además de la revalorización, los intereses legales acumulados desde 2014 y el reembolso total de los gastos procesales incurridos para afrontar esta larga batalla legal.

Se entiende que el acusado debe ser considerado inocente hasta una sentencia definitiva de condena.

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