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Indonesia: Novedades fiscales – PMK, DTAA y Ejecución de Deudas

by Editor de Mundo

Indonesia ha implementado una serie de nuevas regulaciones fiscales que abarcan desde la reestructuración empresarial hasta la aplicación de convenios para evitar la doble imposición y la ejecución de deudas tributarias. Estos cambios, introducidos a través de diversas regulaciones ministeriales, buscan modernizar el sistema tributario, aumentar la transparencia y fortalecer el cumplimiento.

Nuevas regulaciones sobre la reestructuración empresarial y el valor contable

La regulación PMK-1/2026, que entró en vigor el 22 de enero de 2026, modifica por cuarta vez la Regulación del Ministro de Finanzas N° 81 de 2024 sobre Disposiciones Fiscales para la Implementación del Sistema Central de Administración Tributaria. Esta normativa introduce cambios significativos en el régimen de valor contable en el contexto de la reestructuración de empresas.

Una de las actualizaciones clave es la ampliación de la definición de empresas estatales (Badan Usaha Milik Negara, o BUMN), que ahora incluye explícitamente a las entidades en las que la República de Indonesia posee derechos especiales, además de aquellas que son directa o mayoritariamente propiedad del Estado. Paralelamente, se ha ampliado el alcance de la autoridad del Ministro de Finanzas, desde la organización de asuntos gubernamentales en el ámbito de las finanzas estatales hasta el sector financiero en general, fortaleciendo así la base legal para la supervisión fiscal y tributaria.

La regulación también introduce ajustes procedimentales y sustantivos destinados a simplificar la implementación. La autoridad de aprobación para la aplicación del valor contable en las transacciones de reestructuración de las BUMN se ha agilizado. Las aprobaciones ahora son emitidas por la institución gubernamental pertinente, en lugar del ministro que supervisa las BUMN, sin afectar el tratamiento fiscal aplicable. Además, se ha flexibilizado la prueba de propósito empresarial al reducir el período mínimo de continuación del negocio de cinco a cuatro años, brindando mayor flexibilidad para las transacciones de reestructuración que cumplen los requisitos.

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Asimismo, la PMK-1/2026 introduce un alivio de “grandfathering” para los contribuyentes que previamente han obtenido la aprobación para aplicar el tratamiento de valor contable. Estos contribuyentes están exentos de recalcular los valores de transferencia de activos basados en el valor justo de mercado al realizar transacciones de reestructuración posteriores que cumplan los requisitos. La regulación también incorpora un mecanismo de revisión incorporado, que otorga al Ministerio de Finanzas la autoridad para evaluar el régimen de valor contable dentro de los tres años posteriores a su promulgación, lo que refleja la intención del gobierno de equilibrar la facilitación de la reestructuración con el control fiscal.

Nuevas regulaciones sobre convenios para evitar la doble imposición

La Regulación del Ministerio de Finanzas N° 112 de 2025 (PMK-112/2025) entró en vigor en Indonesia el 30 de diciembre de 2025. La regulación establece un marco administrativo integral que rige la aplicación de los convenios para evitar la doble imposición (CDI) para los contribuyentes nacionales que buscan beneficios del tratado en el extranjero y los contribuyentes no residentes (Wajib Pajak Luar Negeri) que reclaman beneficios del tratado sobre los ingresos de origen indonesio.

La regulación alinea la aplicación de los CDI con el Sistema Central de Administración Tributaria de Indonesia para mejorar la certeza jurídica, la coherencia y la transparencia en la implementación del tratado, al tiempo que fortalece las salvaguardias contra el abuso del tratado.

Para los contribuyentes no residentes, la PMK-112/2025 introduce un formulario revisado de la Dirección General de Impuestos (DGT) que otorga mayor importancia a la elegibilidad sustantiva que a la documentación formal. Si bien el formulario requiere declaraciones más claras con respecto a la residencia del tratado, la propiedad beneficiaria y la ausencia de abuso del tratado, ciertos requisitos administrativos se simplifican y agilizan en comparación con las regulaciones anteriores. La regulación también incorpora explícitamente la definición e interpretación de establecimiento permanente (EP), aclarando cuándo las actividades realizadas en Indonesia pueden constituir un EP y, por lo tanto, afectar el derecho a los beneficios del tratado.

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Los beneficios del tratado solo están disponibles para los contribuyentes con una sustancia económica genuina, que incluye una estructura legal adecuada, operaciones comerciales activas, activos y personal adecuados y una autoridad de gestión independiente. Las transacciones no deben estructurarse principalmente para obtener beneficios del tratado, y el contribuyente debe ser el verdadero propietario beneficiario en lugar de un agente, apoderado o conducto. El formulario de la DGT debe completarse correctamente y estar respaldado por un Certificado de Domicilio (CdD) o la aprobación de la autoridad competente y, por lo general, es válido por hasta 12 meses. Los agentes de retención indonesios están obligados a verificar y cargar la documentación a través del portal fiscal, y las tasas del tratado solo son aplicables cuando se cumplen todas las condiciones sustantivas.

Para los contribuyentes nacionales, la PMK-112/2025 exige que los residentes fiscales indonesios soliciten electrónicamente un CdD al reclamar beneficios del tratado en las jurisdicciones de los países socios del tratado. Cada CdD se limita a un país socio del tratado, un año fiscal (o parte del mismo) y una contraparte. Los apéndices de la PMK-112/2025 también proporcionan ejemplos ilustrativos de transacciones relacionadas con el tratado, incluida la caracterización de los ingresos y los escenarios de EP, para respaldar la interpretación y aplicación coherentes de la regulación en la práctica.

Nuevas regulaciones sobre la recaudación de impuestos y la incautación de valores

PER-26/PJ/2025 establece un marco integral que rige la incautación, el bloqueo y la venta de acciones que cotizan en bolsa en relación con la recaudación de impuestos. La regulación está diseñada para garantizar la certeza jurídica, la uniformidad procesal y la coordinación eficaz entre las autoridades fiscales y financieras al hacer cumplir las deudas tributarias a través de instrumentos del mercado de capitales. Confirma que los valores negociados en la bolsa de valores pueden tratarse como activos exigibles de la misma manera que otras formas de propiedad del contribuyente.

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Según la regulación, los activos del contribuyente sujetos a ejecución incluyen las acciones mantenidas en cuentas de subvalores (Sub Rekening Efek) y los fondos almacenados en cuentas de fondos de inversionistas (Rekening Dana Nasabah, o RDN). Antes de la incautación, los funcionarios fiscales primero deben solicitar información de la cuenta y el saldo a la Depositaria Central de Valores de Indonesia (KSEI). Con base en esta información, se presenta una solicitud formal a la Autoridad de Servicios Financieros (OJK) para que instruya a la KSEI a bloquear las acciones pertinentes y que exija a los bancos pertinentes que bloqueen las RDN asociadas. Si la deuda tributaria pendiente no se paga después de la etapa de bloqueo, un alguacil fiscal (Jurusita Pajak) llevará a cabo una incautación formal, que se documenta mediante un acta de incautación firmada por las partes pertinentes.

Si la deuda tributaria no se liquida dentro de los 14 días posteriores a la incautación, la DGT está autorizada a realizar una venta forzosa de las acciones incautadas a través de corredores de bolsa con licencia. El precio de venta lo determina la autoridad fiscal y debe ser al menos igual al precio de apertura del mercado en el día de la venta. Los ingresos se aplican primero a la liquidación de los costos de recaudación de impuestos y las obligaciones tributarias pendientes, y cualquier excedente de ingresos o acciones restantes debe devolverse al contribuyente.

En general, PER-26/PJ/2025 proporciona un mecanismo de ejecución sólido que integra las acciones entre la DGT, la OJK y la KSEI, reforzando que los valores negociados en bolsa están totalmente sujetos a los riesgos de ejecución fiscal en casos de incumplimiento prolongado.

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