Supremo: Permisos retribuidos Contact Center – Días hábiles

by Editora de Negocio

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los sindicatos, incluyendo UGT, confirmando que los permisos retribuidos del III Convenio del Contact Center deben disfrutarse en días hábiles, y no en “días naturales”. La decisión judicial considera que el cómputo en días naturales disminuía sustancialmente el valor de un derecho fundamental para los trabajadores del sector.

La sentencia, que ratifica el criterio de la Audiencia Nacional, declara nula la redacción del convenio relativa a los permisos por hospitalización, accidente o enfermedad grave, así como los permisos por fallecimiento de familiares, con la excepción de aquellos casos en los que el desplazamiento sea igual o superior a 200 kilómetros. (Sentencia del Tribunal Supremo nº 1084/2025, de 13/11/2025; rec. 128/2024)

¿Cuál es el impacto para los trabajadores?

Hasta la fecha, el convenio establecía que estos permisos se disfrutaran en días naturales. Esto significaba que, si un evento como una hospitalización o un fallecimiento se producía un viernes por la tarde, el permiso incluía el sábado y el domingo, días en los que muchos empleados no prestan servicio, perdiendo así una parte significativa de su derecho.

El Supremo subraya que la finalidad de estos permisos es clara: permitir una atención inmediata a una situación familiar urgente. Por consiguiente, deben ser disfrutados en días hábiles, garantizando que los trabajadores dispongan del tiempo necesario para brindar cuidado, apoyo o gestionar la situación.

Un logro sindical que corrige una práctica abusiva

FeSMC-UGT ha denunciado durante años que el uso de “días naturales” era una estrategia empresarial para reducir derechos, limitando el tiempo real disponible para la conciliación de la vida laboral y familiar.

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La sentencia confirma de manera contundente que esta práctica es incompatible con el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia más reciente del propio Tribunal Supremo.

Este fallo implica:

  • Garantizar más días efectivos de permiso para miles de trabajadores del sector.
  • Evitar interpretaciones restrictivas que disminuían la duración de los permisos.
  • Reforzar el principio de que los permisos están destinados al cuidado, y no a perderse por coincidir con fines de semana o festivos.

FeSMC-UGT continúa avanzando

La sentencia representa un respaldo a la lucha sindical por la protección de los derechos básicos del sector. FeSMC-UGT continuará trabajando para que esta doctrina se aplique en todas las empresas del Contact Center y para asegurar que ningún trabajador o trabajadora vea disminuidos sus permisos retribuidos.

Esta resolución también es aplicable a convenios colectivos de otros sectores y empresas (Convenio colectivo estatal de Seguridad Privada, Convenio colectivo del Grupo RACE), que habían quedado a la espera de la sentencia firme en el sector del contact center.

VER SENTENCIA:

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