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Dentista Suspendido: El Consejo de Estado Confirma la Sanción

by Editora de Salud

El Consejo de Estado ha validado la legalidad de la suspensión de dieciocho meses impuesta a un dentista de Pierrefitte-sur-Seine (Seine-Saint-Denis), cuya práctica profesional fue considerada “peligrosa” debido a deficiencias persistentes. En diciembre de 2023, inspectores de la Seguridad Social revelaron “un gran número de actos que no cumplen con los conocimientos científicos adquiridos”, ya sea por “tratamientos fallidos” o “lagunas susceptibles de comprometer la calidad y la seguridad de la atención al paciente”. A raíz de esto, el consejo regional del Colegio de Cirujanos Dentistas de Île-de-France suspendió a Lino X. por seis meses, sanción que luego fue confirmada por el Consejo Nacional en octubre de 2024.

Su práctica examinada, el dentista enviado a formación

El profesional apeló entonces al Consejo de Estado para impugnar esta primera sanción. Sin embargo, en una decisión dictada en 2024, la alta jurisdicción consideró que “su formación no estaba completa”. Por lo tanto, se realizó una nueva “evaluación” de su práctica en diciembre de 2024.

Tres especialistas en cirugía oral interrogaron entonces al Dr. Lino X. sobre “los diferentes campos de la medicina y la cirugía bucodental” y emitieron un juicio “sobre la calidad de la respuesta proporcionada y, en su caso, el nivel de peligrosidad asociado a los errores o deficiencias detectadas”.

Debido a su “insuficiencia profesional que hace que el ejercicio de su profesión sea peligroso”, el Consejo Nacional del Colegio de Cirujanos Dentistas elevó la sanción a “dieciocho meses”. Los profesionales estimaron que el dentista presentaba “deficiencias en el conocimiento de los medicamentos, los exámenes biológicos básicos y las lesiones más frecuentes de la mucosa bucal, así como importantes lagunas en anatomía y en la gestión de pacientes de riesgo, así como en su formación médica y farmacológica”.

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“Riesgos para la seguridad de los pacientes”

“Algunas de estas lagunas pueden presentar riesgos para la seguridad de sus pacientes”, estimaron sus colegas. Por lo tanto, le impusieron la “obligación de seguir una formación de tipo universitario, teórica y práctica, con una duración total equivalente a un año académico, sobre radiología, endodoncia, prótesis removible y total, periodoncia, implantología, cirugía general, patología general, farmacología y gestión de pacientes de riesgo”.

El cirujano dentista apeló entonces al Consejo de Estado para impugnar esta decisión. Pero en un fallo del 30 de diciembre de 2025 que se ha hecho público recientemente, los magistrados consideraron que el “Consejo Nacional del Colegio de Cirujanos Dentistas aplicó correctamente las disposiciones del Código de Salud Pública”.

El texto establece que “en caso de insuficiencia profesional que haga que el ejercicio de la profesión sea peligroso, la suspensión temporal del derecho a ejercer es pronunciada por el consejo regional por un período determinado que puede, en su caso, ser renovado”.

La más alta jurisdicción administrativa del país consideró que la decisión estaba “suficientemente motivada”. Y, “al estimar, tras señalar los límites de las formaciones seguidas para remediar las deficiencias constatadas”, que el profesional seguía presentando “insuficiencias profesionales que hacen que su práctica profesional sea peligrosa”, la instancia disciplinaria realizó una “apreciación exacta” del Código de Salud Pública.

/MJ y CB (PressPepper)

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