Una jueza federal en Nueva York anuló la política del gobierno de Donald Trump que suspendía la tramitación de visados de inmigrante para ciudadanos de 75 países. La magistrada determinó que la medida violaba la ley federal de inmigración y excedía la autoridad del secretario de Estado, Marco Rubio.
El bloqueo a la emisión de visados, implementado en enero, afectaba a nacionales de 75 naciones de África, Asia, América Latina y el Caribe, bajo la justificación de que existía un alto riesgo de que se convirtieran en cargas públicas. Sin embargo, este viernes, la jueza de distrito Jeannette Vargas, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, dictaminó que la directiva contrvenía la ley y ordenó reanudar la tramitación y revisar los casos denegados bajo esa norma.
Una medida contraria a la ley y basada en la nacionalidad
La resolución judicial señala que la política implementada por la administración estadounidense imponía una restricción discriminatoria prohibida por la legislación vigente. La Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 prohíbe de forma explícita la discriminación por motivos de nacionalidad en la emisión de visados de inmigrante.
No obstante, la directiva del Departamento de Estado obligaba a los funcionarios consulares a denegar solicitudes de manera categórica a los ciudadanos de los países seleccionados, incluso cuando el solicitante individual cumplía con todos los requisitos de autosuficiencia financiera y superaba las evaluaciones consulares ordinarias.
Jeannette Vargas, jueza de distrito en el Distrito Sur de Nueva York, señaló vía NPR que, en muchos sentidos, este no es un caso complejo.
La sentencia dictaminó que el secretario de Estado, Marco Rubio, carecía de la autoridad estatutaria para ordenar denegaciones masivas que desplazaban las funciones que el Congreso asignó por ley a los oficiales consulares. La medida afectaba a cerca del 40 por ciento de los países del mundo y ponía en pausa indefinida las solicitudes de residencia permanente por motivos familiares y laborales.
Repercusiones para las familias y los grupos de defensa
Organizaciones de derechos civiles y legales que interpusieron la demanda celebraron el fallo judicial, destacando el impacto humano que la medida había generado desde su entrada en vigor a principios de año. Entre los demandantes figuraban redes de apoyo legal y ciudadanos estadounidenses que esperaban la reunificación con sus parientes.

Anna Gallagher, directora ejecutiva de la Red Católica Legal de Inmigración (CLINIC), indicó vía NPR que la suspensión del procesamiento legal de visados en 75 países separó a cónyuges, padres e hijos que simplemente seguían el proceso de inmigración legal.
Por su parte, representantes del Centro de Derechos Constitucionales calificaron la iniciativa gubernamental de retrógrada y contraria a los cauces legales establecidos. La decisión del tribunal anula de forma retroactiva las negativas de visados que se fundamentaron exclusivamente en la política suspendida, abriendo de nuevo la puerta para que los expedientes vuelvan a evaluarse mediante un análisis individualizado.
El argumento oficial del gobierno y el contexto de seguridad
Para respaldar la implementación de la política en enero, el Departamento de Estado se había apoyado en datos del Consejo de Asesores Económicos. Según la información oficial divulgada en aquel momento, más del 30 por ciento de los hogares con inmigrantes provenientes de los países incluidos en la lista percibían algún tipo de asistencia pública en Estados Unidos.
Desde la perspectiva de la administración, la medida formaba parte de una estrategia más amplia orientada a reducir los cruces fronterizos no autorizados y acelerar los procesos de expulsión, además de garantizar que los residentes nuevos no dependieran de los recursos fiscales del país. Ante la sentencia adversa emitida en Manhattan, un portavoz del Departamento de Estado defendió los estándares de selección del Ejecutivo, señalando que la administración busca proteger a la ciudadanía mediante rigurosos procesos de escrutinio, aunque evitó emitir comentarios adicionales sobre el litigio en curso.
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