Empleados de Comercio: Bono y Aumento Salarial 2025/2026

by Editora de Negocio

FAECyS y las principales cámaras empresariales del sector firmaron un nuevo acuerdo paritario que establece incrementos salariales

09/12/2025 – 08:33hs

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales del sector alcanzaron un nuevo acuerdo paritario que contempla aumentos salariales a través de sumas fijas no remunerativas, aplicables durante el cierre de 2025 y el primer trimestre de 2026.

El convenio fue firmado por Armando Cavalieri, secretario general de la FAECyS, junto con representantes de la CAC, CAME y UDECA.

Aspectos clave del acuerdo

Según el consultor Ignacio Barrios, el acuerdo, vigente desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026, se estructura en dos componentes principales:

  • Continuación y finalización de la suma de $40.000: Se desestima su incorporación al salario base en enero, pero se mantendrá el pago mensual hasta marzo de 2026. En abril, el monto correspondiente a marzo se integrará de manera definitiva al salario básico.
  • Nueva suma de $60.000: Se establece una nueva suma fija no remunerativa de $60.000, que se abonará durante los meses de diciembre de 2025, enero, febrero y marzo de 2026. Al igual que la suma anterior, el pago de marzo se incorporará al salario base en abril de 2026.

Calendario de pagos y liquidación

  • Diciembre 2025: Pago de la suma de $60.000 durante el mes.
  • Enero a Marzo 2026: Pago de $40.000 más $60.000 (total $100.000 mensuales) entre los días 1 y 10 de cada mes.
  • Abril 2026: Los últimos $40.000 y $60.000 (correspondientes a marzo) se integrarán al salario básico convencional en su valor nominal.
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En los recibos de sueldo, estas sumas se identificarán como:

  • «Incremento No Remunerativo – Acuerdo Diciembre 2025» (los $40.000).
  • «Recomposición No Remunerativo – Acuerdo 2025» (los $60.000).

¿Para qué fines se consideran estas sumas?

A pesar de no ser remunerativas, el acuerdo establece que estos importes deben ser considerados para el cálculo de:

  • El adicional por presentismo (art. 40 CCT 130/75).
  • La antigüedad (art. 24 CCT 130/75).
  • El Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
  • Las indemnizaciones por despido.
  • Las horas extras.
  • El cálculo de las vacaciones.

Condiciones y aclaraciones relevantes

No absorbible: Los aumentos no podrán ser compensados con bonos de fin de año, gratificaciones navideñas o cualquier otra bonificación otorgada por el empleador.

Próxima revisión: Las partes se comprometieron a reunirse en marzo de 2026 para analizar las escalas salariales en función de la evolución económica.

Vigencia condicional: El acuerdo deberá ser homologado por la Secretaría de Trabajo de la Nación para que entre en plena vigencia.

Ámbito de aplicación: El convenio es de aplicación general para los empleados de comercio bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, aunque se aclara que no es vinculante para los acuerdos específicos de la Ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego.

Preguntas frecuentes

¿Se trata del bono de $170.000 para supermercados?

No. Este es el acuerdo paritario general para todo el sector comercio. El bono de $170.000 es un acuerdo específico y adicional negociado por la FAECyS con cadenas de supermercados como Coto y Carrefour.

¿Los $40.000 y $60.000 son un aumento permanente?

No, son sumas fijas no remunerativas temporales. Solo la última cuota de cada una (la de marzo de 2026) se incorporará de forma permanente al salario básico en abril de 2026.

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¿Cuándo se efectúan los pagos?

Los $60.000 de diciembre se pagarán en diciembre. Las sumas de enero a marzo (los $100.000 totales) se abonarán entre el 1 y el 10 de cada mes.

¿A qué empleados se aplica este acuerdo?

Aplica a los empleados de comercio (cajeros, vendedores, administrativos, etc.) cuyos empleadores estén comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

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