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APS: Nueva normativa de la UE para el comercio con países en desarrollo

by Editora de Negocio diciembre 10, 2025
written by Editora de Negocio

La Presidencia del Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre la revisión del Reglamento del Sistema General de Preferencias (SGP), que otorga ventajas comerciales a los países en desarrollo.

El nuevo marco establece una vinculación más estrecha de las preferencias comerciales con el respeto a los derechos humanos y al medio ambiente, así como una mayor supervisión y transparencia del sistema. Además, se introduce una nueva conexión entre las preferencias comerciales para los países beneficiarios y su cooperación en materia de migración y la repatriación de sus ciudadanos que se encuentren ilegalmente en la UE. El acuerdo provisional deberá ser aprobado ahora por el Consejo y el Parlamento antes de su adopción formal. Se prevé que la normativa entre en vigor el 1 de enero de 2027.

El marco revisado mantiene las tres principales líneas de apoyo del sistema actual, a saber, el SGP estándar, el SGP+ y la EBA, e introduce los siguientes cambios:

Convenios Internacionales: Para beneficiarse del SGP, se deberá cumplir con un mayor número de convenios internacionales sobre derechos humanos y laborales. La propuesta prevé un procedimiento de urgencia para la retirada rápida de las preferencias en caso de infracciones de los principios de estos convenios.

Un SGP más ecológico: Posible retirada de los beneficios del SGP en caso de violaciones graves y sistemáticas de los principios de los convenios sobre cambio climático y protección del medio ambiente.

Reglamentación para los países más pobres: Los países que en la próxima década ya no se consideren países menos desarrollados (PMD) y, por lo tanto, ya no reciban el apoyo más amplio de la UE en virtud del régimen EBA del SGP, podrán seguir beneficiándose de preferencias arancelarias generosas en virtud del apoyo SGP+, siempre que se comprometan con estrictos estándares de sostenibilidad.

Umbrales de exclusión: Se reduce en un 10% la proporción de importaciones en un sector determinado a partir de la cual un país SGP estándar pierde temporalmente sus preferencias (del 57% actual al 47%). El objetivo es concentrar mejor las preferencias en productos menos competitivos y crear más oportunidades para otros beneficiarios del SGP, en particular los PMD.

Reglas de origen: La revisión introduce un procedimiento específico para garantizar que la acumulación de las reglas de origen se ajuste a las necesidades de desarrollo, financiación y comercio del país solicitante.

Transparencia: Las nuevas normas mejoran el seguimiento y la aplicación de las obligaciones del SGP+, por ejemplo, mediante una mayor transparencia y la implicación de las partes interesadas pertinentes.

Las preferencias del SGP podrían retirarse en el futuro si un país beneficiario no coopera con la UE en la repatriación de sus propios nacionales. En el futuro, la Comisión supervisará el cumplimiento de las obligaciones de repatriación y tendrá la posibilidad de tomar medidas. Para garantizar la transparencia, la Comisión deberá informar al Parlamento y al Consejo cuando se tomen tales decisiones.

El acuerdo incluye disposiciones para la reintroducción de aranceles en caso de un aumento repentino y significativo de las importaciones de un país beneficiario, con el fin de proteger a los productores de la Unión.

Para las importaciones de arroz, se ha introducido un mecanismo de protección automática específico en forma de cuota arancelaria (CMA). En virtud de este mecanismo, las importaciones de arroz que superen significativamente los valores medios históricos de las importaciones en la UE estarán sujetas a los aranceles MFN (Nación Más Favorecida) durante un período determinado para evitar perturbaciones graves en el mercado del arroz de la UE. Los colegisladores acordaron que no se crearán medidas de protección automáticas adicionales para otros productos agrícolas.

El acuerdo se centra en medidas de protección específicas para las importaciones de textiles y etanol. Estas medidas se aplicarían a los países SGP y SGP+, pero no a los países clasificados en la categoría “todo menos las armas” (EBA). Además, estas medidas solo entrarían en vigor si el valor de estas importaciones del país en cuestión supera el 6% del valor de todas las importaciones de la UE del producto en cuestión y el 47% de las importaciones de todos los beneficiarios del SGP.

Los colegisladores también proponen establecer plazos claros para las evaluaciones de la Comisión en el marco de un mecanismo de vigilancia especial y considerar un “aumento de las importaciones” como un factor a tener en cuenta. Además, se ha reforzado el mecanismo de vigilancia especial para que la UE pueda tomar medidas si las importaciones de productos agrícolas causan perturbaciones en el mercado de la UE.

Para más información sobre el acuerdo para la reforma del SGP, consulte el comunicado de prensa del Consejo de la UE.

Fuente: Cámara de Industria y Comercio Alemana, Consejo de la Unión Europea

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