AGI – Ida y vuelta entre Fedez y Codacons. La asociación publica el texto íntegro de la carta enviada a los abogados de Fedez tras la solicitud de retirada del comunicado donde la asociación informaba a la Policía Financiera sobre el patrimonio empresarial del rapero. “Nos enteramos de la declaración difundida hoy por Fedez donde el rapero finalmente parece entender que estar expuesto a la Fiamme Gialle fue un acto de deber para Codacons – explica la asociación – Teniendo en cuenta su ‘cola de paja’, en nuestra carta también informamos Fedez que no solemos ofender a nadiepero profundizaremos más para determinar qué uso hace de todas esas empresas”.
Este es el texto completo: “Estimados colegas: Hemos leído con la máxima atención su advertencia y queremos aclarar lo siguiente. En primer lugar, el motivo por el cual la asociación publicó el comunicado de prensa en cuestión está relacionado con el del propio Sr. Fedez, en el que él mismo hablaba de los métodos con los que gestiona su patrimonio (recordamos a este respecto, en cualquier caso, la siguiente declaración pública: “No he registrado nada a mi nombre y por lo tanto estoy técnicamente sin dinero porque está todo registrado a nombre de las empresas de mi familia, como es el caso de muchos empresarios de este país.”).
En este sentido, la consideración de que su cliente es una figura pública de relevancia pública seguramente no pasará desapercibida. El mismo argumento habría sido válido si determinadas declaraciones hubieran sido pronunciadas por un Ministro. El señor Fedez tiene seguidores que inevitablemente lo hace influyente en el público y, como tal, inevitablemente, se expone aún más a posibles críticas, focos y controles. Dado que el Sr. Fedez se dirige a millones de personas, no hace falta decir que él, al igual que otras figuras de importancia pública, debe ser cristalino y transparente porque está dirigido, precisamente, a millones de jóvenes para quienes muchas veces es tomado como modelo de vida y crecimiento. Queremos recordar, a este respecto, cómo el entonces Primer Ministro Giuseppe Conte fue Indique al Sr. Fedez y a su esposa que creen conciencia, a través de sus historias, entre los jóvenes sobre el uso de máscaras durante la emergencia pandémica. Precisamente por lo siguiente de lo que pueden presumir. Tampoco desconocerás la función de CODACONS que, recuerda, es una asociación de consumidores que tiene entre sus fines estatutarios el derecho a presentar denuncias ante las autoridades sobre fenómenos de relevancia social. En particular, el Estatuto CODACONS, en el art. 3 establece que “La Asociación, también en cumplimiento de los principios establecidos por el art. 101 del TFUE, persigue el objetivo prioritario de proteger a los consumidores finales de los perjuicios derivados de decisiones, acuerdos o prácticas concertadas, o de cualquier tipo de actividad ilícita establecida por entidades públicas o privadas y encaminadas a distorsionar la competencia en el suministro de bienes o servicios, así como perturbar las subastas públicas o obstaculizar los órganos públicos de supervisión de bancos e intermediarios financieros,()” y que “Supervisa la correcta gestión del mercado de valores para contrarrestar su alteración y manipulación por parte de sujetos privilegiados;” Con especial referencia al derecho a criticar a CODACONS, el Estatuto también prevé que la asociación “Promueva iniciativas de información para la protección de los usuarios de servicios financieros, bancarios o de seguros”.
“Entonces el derecho a la información y a la crítica – se lee de nuevo en la carta de Codacons – es una de las funciones estatutarias específicas de la asociación que persigue la transparencia absoluta en el comportamiento de los contribuyentes. Derecho de crítica cualificada de CODACONS que ha sido reconocido expresamente, entre muchas sentencias, por el Tribunal de Casación, Sección. Quinta sanción: “El Tribunal de Apelación debería haberse limitado a encontrar el núcleo indiscutible de verdad inherente a los comunicados de prensa de Codacons, pertinente a la materialidad de la inversión realizada en la empresa Lehman y a la existencia de vínculos familiares entre el perjudicado y Terenzio. Cugia, que desempeña un papel destacado en la gestión de la sociedad emisora de los títulos adquiridos por Siae, concreta el ejercicio del derecho a criticar la formulación de preguntas a este respecto, aunque sea de forma irónica y alusiva, tanto más si se tiene en cuenta la función de Codacons, organismo encargado de la protección de las necesidades de los consumidores, por lo que a la vista de las consideraciones expuestas hasta ahora procede proceder a la anulación de la sentencia impugnada porque el hecho no constituye delito”. (Corte Suprema Penal sección V, 25/01/2017, (audiencia 25/01/2017, dep. 14/03/2017), n.12265). Por lo tanto, CODACONS tiene un derecho de crítica más amplio que el italiano medio. Visto lo anterior, dadas las finalidades estatutarias de CODACONS antes mencionadas, nos tomamos la libertad de reiterar que es indudable que un hecho de esta naturaleza, es decir, la administración de un gran patrimonio a través de diversas sociedades que han sido objeto de diversas operaciones, podría dar lugar a una elusión fiscal, incluso si no es deseada, (no evasión), lo que podría impedir o dificultar a las autoridades la determinación de los ingresos. Después de todo esto, nos gustaría señalar que no era en absoluto nuestra intención acusar al Sr. Fedez de evasión fiscal o de otras hipótesis que pudieran subsumirse en casos penal o fiscalmente relevantes. Más bien, nuestra intención era limitarnos a una simple exposición de los hechos. Seguramente usted lo sabrá, y ciertamente no queremos enseñarle, esto, de conformidad con las disposiciones combinadas de los artículos. 684 del Código Penal y 114 y 329 del Código Penal, la denuncia ante las Autoridades no es un acto amparado por el secreto y cuya publicación en la prensa está prohibida por no ser un acto formado por el Ministerio Público durante las investigaciones y por tanto sujeta a secreto (“A los efectos de la integración del delito de publicación arbitraria de documentos de un proceso penal, la denuncia presentada ante el Ministerio Público o la policía judicial no se encuentra dentro de la prohibición de publicación a que se refiere el artículo 114 de la Ley). Código Procesal Penal, por no ser un acto de investigación realizado por ellos”. Tribunal de Casación Penal, sección I, 02/02/2017, n. 21290). Por lo tanto, dado que por nuestra parte, se reitera, no hubo intención acusatoria, si el Sr. Lucía tuvo tal impresión le pedimos disculpas y seguramente eliminaremos esta afirmación del sitio web. Además, luego de haber recibido la opinión que solicitamos hoy a Agcom y a la Agencia Tributaria, para mayor transparencia y claridad de nuestros propósitos sociales, evaluaremos si publicamos la denuncia en su totalidad. Entonces Pedimos disculpas por el malentendido y por el tono utilizado. Le saludamos cordialmente y le invitamos, como es justo, a las próximas iniciativas CODACONS que tendrán como tema a su cliente”.
2024-02-29 17:26:14
1709376651
#Codacons #pide #disculpas #Fedez