El tribunal aumenta la sentencia para un hombre encarcelado por su papel en el intento de asesinato de un oficial de policía del Real IRA

El Tribunal de Apelación ha aumentado la pena a un hombre condenado por delitos cometidos en el Norte en relación con el intento de asesinato de un agente de policía.

Gavin Coyle (46), de Omagh, fue sentenciado originalmente a seis años de prisión por pertenecer al IRA y proporcionar un automóvil para que lo utilizaran terroristas. El Tribunal de Apelación consideró que la pena era “indebidamente indulgente” y la aumentó a ocho años.

El coche se utilizó en una operación para colocar una bomba debajo del coche de un agente de policía en servicio en mayo de 2008. La brigada Tyrone del Auténtico IRA se atribuyó la responsabilidad del ataque.

La bomba explotó cuando el oficial se dirigía a su trabajo. El oficial sobrevivió pero quedó con lo que se describió como heridas permanentes y desfigurantes.

Coyle fue sentenciado a seis años en 2023 por su papel en el complot de asesinato, y debía cumplir dos tercios antes de ser elegible para ser liberado.

El año pasado, el Ministerio Público de Irlanda del Norte apeló la sentencia por considerarla excesivamente indulgente, mientras que Coyle apeló porque era manifiestamente excesiva. El Tribunal de Apelación consideró simultáneamente tanto la referencia como la apelación.

En su sentencia, concluyó que en la apelación de Coyle “no se podía decir, bajo ninguna interpretación, que la sentencia dictada por el juez de primera instancia de seis años fuera manifiestamente excesiva para un delito terrorista grave de esta naturaleza”.

“La única pregunta válida era si se trataba de una sentencia excesivamente indulgente”, dijo el tribunal.

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“El umbral para que una referencia tenga éxito es alto en el sentido de que una sentencia no debe ser simplemente indulgente sino que debe ser indebidamente indulgente.

“Aplicando los principios pertinentes y tras un análisis cuidadoso del caso, el tribunal consideró que la sentencia en este caso era indebidamente indulgente por un delito de esta naturaleza.

“Consideró que si el punto de partida era 12 años con una reducción de dos años por totalidad y demora, la pena debería haber sido del orden de 10 años antes de la reducción por la declaración de culpabilidad.

“Una reducción apropiada para la alegación fue del 20%. Por lo tanto, la sentencia final debería haber sido de ocho años en lugar de seis años de prisión.

Por lo tanto, el tribunal sustituyó la pena impuesta por el juez de primera instancia por una pena privativa de libertad de ocho años. La sentencia constará de dos tercios de un período de custodia de conformidad con la Ley de Sentencias y Antiterrorismo de 2021.

Con información de la Asociación de Prensa

2024-03-23 08:22:20
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