“Niego el cielo y el infierno”. Cinco años de prisión para el youtuber Sherif Gaber acusado de incitación al ateísmo y desprecio de las religiones.

Hoy, el Tribunal de Delitos Menores de Ismailia condenó al YouTuber Sharif Jaber Abdel Azim a 5 años de prisión en el caso núm. 3391 de 2024, delitos menores de Ismailia, acusado de publicar vídeos que incitan al ateísmo y desprecian la religión islámica.

Fue uno de los abogados y reclamos. Al Haitham Saad, Presentó un informe al fiscal en el que acusaba al bloguero Sharif Jaber de desprecio de las religiones, de negar lo que está definitivamente probado en la religión y de burlarse del Ser Divino y del Profeta Mahoma.

Confirmó en el informe que los acusados ​​crearon un grupo en Facebook llamado “Ateos” y difundieron a través de él videos que contenían opiniones burlándose de la religión, negando el cielo, el infierno y el juicio, y burlándose del Día de la Resurrección, que es uno de los asuntos establecidos en la verdadera religión islámica.

Según el abogado y el editor del caso, Sherif Jaber insultó abiertamente a la religión islámica, insultó a “Dios Todopoderoso” y que insultó deliberadamente a la religión al reclamar la libertad y la expresión de opiniones.

Confirmó que el imputado había estado difundiendo videos en Internet en los que difundía desprecio, burla y ridiculización de todos los pilares de la religión, ya que la ley tipifica como delito este acto de hablar o escribir ideas extremistas con intención de sedición, degradante o desacato a religiones, o perjudicar la unidad nacional o la paz social, y que la ley castiga con pena de prisión o pena de prisión a quien cometa tales actos.

Señaló que el acusado insiste en sus acciones, que son castigadas por la ley, desafiando las constantes sociales y la doctrina de los egipcios.

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Sherif Jaber fue acusado de llevar a cabo un acto que constituiría un acto legalmente delictivo, de insultar la religión y despreciar las religiones, lo que debería ser castigado con arreglo a las disposiciones de los artículos 98, 160 y 161 del Código Penal.

En el fondo de su fallo, el tribunal afirmó: “El tribunal, luego de revisar la petición de demanda, la prueba de la acusación, escuchar la alegación y el acta de práctica de prueba, quedó satisfecho de que se ajustaba a la realidad, que exigía la la acusación contra el acusado estuviera suficientemente probada para condenarlo, lo que requería su pena según el texto del artículo 304/2 del Código de Procedimiento Penal».

El tribunal puso fin a su fallo anterior contra el bloguero Sharif Jaber tras acusarlo de promover el ateísmo y el desprecio de las religiones.


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