¿Qué significa autorizar al Presidente de la Autoridad de Carreteras y Puentes a desempeñar algunas de las funciones del Ministro de Transportes, Kamel Al-Wazir?





Publicado el: lunes 15 de abril de 2024 – 15:16 | Última actualización: lunes, 15 de abril de 2024 – 15:16

El Ministro de Transportes, Teniente General Kamel Al-Wazir, emitió la Resolución No. 22 de 2024, de 10 de enero, autorizando al Presidente de la Junta Directiva de la Autoridad General de Carreteras y Puentes en su calidad de ejercer la jurisdicción del Ministro. de Transportes, prevista en el artículo 970 del Código Civil.

Solo una especialidad

La decisión no incluía delegar al titular de la Autoridad de Caminos y Puentes a ninguna otra especialidad dentro de la labor del ministro. La decisión también indicó que el interés público requería esta delegación, luego de que fuera propuesta por el titular de la autoridad.

¿Qué significa esta autorización? ¿Cuál es la naturaleza de la especialidad?

La competencia del Ministro de Transporte en el artículo 970 del Código Civil se limita a la facultad de eliminar administrativamente los ataques a fondos privados de propiedad del Estado, personas jurídicas públicas o unidades económicas afiliadas a instituciones públicas, organismos públicos o empresas del sector público. .

Este artículo prohíbe asaltar estos fondos y propiedades, o obtener cualquier derecho real sobre estos fondos por prescripción.

En caso de ataque a estos fondos, el ministro competente tiene derecho a retirarlos administrativamente.

Esta disposición se aplica a todos los ministros, cada uno dentro de su jurisdicción, no sólo al Ministro de Transporte. Por lo tanto, esta jurisdicción incluye lo que es competencia exclusiva del Ministro de Transporte, incluidos los bienes estatales, las personas jurídicas públicas, las unidades económicas afiliadas al estado y las empresas del sector público.

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Con la emisión de esta decisión, el titular de la Autoridad de Carreteras y Puentes, en su calidad de, tiene derecho a dictar órdenes administrativas para eliminar las infracciones prohibidas sujetas al artículo 970 del Código Civil, sin consultar al Ministro de Transporte.

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