Parte 1: Indonesia allana aún más el camino para CCUS

¿Lo que ha sucedido?

El gobierno de Indonesia se ha comprometido a alcanzar el cero neto para 2060 y, con una estimación de 400 a 600 gigatoneladas de dióxido de carbono (CO2) capacidad de almacenamiento, ha manifestado públicamente su visión de convertirse en un proveedor líder de servicios de almacenamiento de CO2 en la región, lo que podría desempeñar un papel importante en la consecución de los objetivos de descarbonización del país y la región. Ya existen 16 sistemas de captura y almacenamiento de carbono (CCS) / captura, utilización y almacenamiento de carbono (CCUS) proyectos en desarrollo (o en estudio para su desarrollo) en Indonesia, incluido el proyecto CCUS propuesto por bp en el campo Tangguh en el este de Indonesia, cuya construcción comenzará en noviembre de 2023. Pertamina también ha firmado memorandos de entendimiento con ExxonMobil y Chevron para invertir en CCS/CCUS. iniciativas y proyectos en el país. Con un impulso claro y un interés creciente en este sector, el gobierno de Indonesia ha actuado rápidamente para desarrollar un marco legal más integral para apoyar la industria CCS/CCUS del país, en gran medida en colaboración con las partes interesadas clave.

Como primer paso prometedor, el Gobierno emitió al Ministro de Energía y Recursos Minerales (MEMR) Reglamento No. 2 de 2023 sobre la implementación de CCS / CCUS (MEMR 2/2023) en marzo de 2023 (que discutimos en un artículo anterior entrada en el blog.

Sobre la base del MEMR 2/2023, el Gobierno emitió recientemente la tan esperada Reglamento Presidencial N° 14/2024 sobre actividades de captura y almacenamiento de carbono (PR 14/2024) el 30 de enero de 2024. El nuevo reglamento aborda una serie de áreas que no se abordaron en MEMR 2/2023 y, lo que es más importante, proporciona un marco para respaldar la visión del país de ser un centro líder de CCS/CCUS al facilitar la importación de CO2 a Indonesia de otros países.

Cobertura clave

PR 14/2024 establece un régimen general para realizar actividades CCS y CCUS en Indonesia, que incluye lo siguiente:

  • Expansión de actividades en un contexto upstream de petróleo y gas: mientras que MEMR 2/2023 se centró en las actividades CCS/CCUS solo dentro del contexto upstream, PR 14/2024 proporciona una base clara para la realización de actividades de almacenamiento de carbono (sujetas a la obtención de los permisos necesarios) fuera de las actividades de petróleo y gas existentes. marco del contrato de cooperación. Los nuevos permisos para la exploración de sitios aptos para actividades CCS/CCUS, y la posterior inyección y almacenamiento de CO2, serán respecto de áreas de permiso específicas. Dichas áreas quedarán expresamente previstas en posteriores normas ministeriales y actualmente se contempla que la expedición de los permisos pertinentes esté sujeta a licitación o procesos de selección limitados.
  • Consideración expresa de la cadena de valor de CCS: en consonancia con su mandato de establecer el marco general para la industria CCS/CCUS en Indonesia, el PR 14/2024 establece un régimen amplio para diferentes aspectos de la cadena de valor del CO2. En particular:
    • Contempla que el CO2 que pueda transportarse, inyectarse y almacenarse en Indonesia tendría que cumplir ciertas normas y especificaciones, detalladas en futuras regulaciones ministeriales. Esto tendrá un impacto en los procesos de captura de carbono utilizados por los operadores y puede requerir un procesamiento adicional del CO2 capturado (incluido el CO2 capturado en alta mar) antes de su transporte, inyección o almacenamiento en Indonesia.
    • Ahora hay mayor claridad (aunque quizás todavía insuficiente) sobre el régimen para el transporte y la importación de CO2. En particular, el operador de transporte puede ser una entidad diferente del operador de almacenamiento, y existe una excepción incorporada al requisito general de obtener permisos de transporte para el transporte de CO2 dentro de las áreas de contrato del PSC, o de un área de contrato del PSC a otra. .
  • Economía de la cadena de valor de CCS: si bien el PR 14/2024 no establece expresamente incentivos económicos claros para la construcción de la cadena de valor de CAC, sí contempla que los operadores puedan cobrar tarifas por el servicio de almacenamiento (que estarían sujetas a regalías gubernamentales) y que se establezcan más exenciones fiscales específicas. o también se podrán ofrecer incentivos a los inversores. El nivel de dichos incentivos puede ser fundamental para la viabilidad comercial de futuros proyectos CCS/CCUS en Indonesia.
  • Importación de CO2: una preocupación clave para la industria ha sido si y cómo se podría importar CO2 a Indonesia para su almacenamiento, creando potencialmente una cadena de valor de CO2 transfronteriza (que comentamos en nuestro informe anterior). entrada en el blog. Si bien el PR 14/2024 sí contempla y permite la importación de CO2, queda claro lo siguiente:
    • Por ahora, el almacenamiento debe ser una prioridad para los productores nacionales de carbono y la industria nacional en general. En concreto, la normativa establece que el 70% de la capacidad de almacenamiento deberá reservarse para el almacenamiento interno de carbono. El 30% restante de la capacidad puede ser absorbido por CO2 importado, siempre que los productores de dicho CO2 hayan invertido en Indonesia o estén afiliados a inversiones en Indonesia. Esta priorización interna es comprensible dados los propios objetivos netos cero de Indonesia, pero (y junto con los subsidios e incentivos disponibles, así como una posible estructura arancelaria) deberá ser modelada cuidadosamente en la etapa de estudio de viabilidad por cualquier desarrollador potencial de CAC transfronteriza. centros.
    • Se requiere la ejecución de un acuerdo de cooperación bilateral entre Indonesia y el gobierno del país de origen del CO2 antes de que se permitan las importaciones. Cabría esperar que dichos acuerdos cubrieran amplias cuestiones internacionales de contabilidad de carbono, entre otras cuestiones transfronterizas, incluida la asignación de responsabilidad por cualquier fuga. Como lo que parece ser un primer ejemplo práctico, recientemente se firmó una carta de intención para colaborar en CCS/CCUS entre Indonesia y Singapur, con vistas a celebrar un acuerdo bilateral jurídicamente vinculante que permitirá el transporte y almacenamiento transfronterizos de CO2 entre Indonesia y Singapur.
  • Responsabilidad posterior: al igual que la posición establecida en MEMR 2/2023, el PR 14/2024 obliga a los operadores CCS / CCUS a reservar fondos para cubrir los costos de las actividades de seguimiento, presentación de informes y verificación. Dichas obligaciones continuarán durante un período de 10 años después de la expiración del permiso de almacenamiento de carbono (el Período MRV). El PR 14/2014 también regula la realización de dichas actividades, y la terminación de los derechos, obligaciones y responsabilidades de un operador CCS/CCUS al vencimiento del Período MRV, los cuales quedan sujetos a la confirmación de que los resultados del monitoreo indican que no hay fuga de CO2 detectable. Tras dicha terminación, la normativa establece que MEMR supervisará las áreas de almacenamiento donde se hayan llevado a cabo las actividades CCS/CCUS pertinentes. Sin embargo, como fue el caso con MEMR 2/2023, el PR 14/2024 no llega a establecer expresamente que una vez expiradas las obligaciones del operador CCS/CCUS, cualquier responsabilidad posterior por fuga de CO2 será responsabilidad legal de MEMR, y para mayor claridad sobre esta posición sería de gran ayuda para los desarrolladores de proyectos.
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PR 14/2024 también establece expresamente que el MEMR emitirá regulaciones ministeriales adicionales para proporcionar detalles sobre el proceso de obtención de permisos de captura y almacenamiento de carbono, el proceso de certificación y el cálculo de las tarifas y regalías por servicios de almacenamiento de carbono pagaderas al Gobierno por dichas tarifas. .

***

Tras la emisión del MEMR 2/2023, el PR 14/2024 marca un claro paso en la dirección correcta en el desarrollo de una cadena de valor del carbono en Indonesia. También es evidente que el Gobierno de Indonesia ha tratado de equilibrar la necesidad de claridad jurídica y el desarrollo de una cadena de valor de carbono completa con otras consideraciones nacionales.

Sin embargo, quedan varias áreas y cuestiones clave que esperamos se aclaren en regulaciones posteriores (que deberán ser promulgadas por los ministerios y autoridades pertinentes de Indonesia), para establecer firmemente las bases de una cadena de valor de carbono comercialmente viable en Indonesia. Los exploraremos en la siguiente parte de esta serie de blogs.

2024-02-28 20:21:55
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